Ahora fueron los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la cancelación del registro de Miguel Ángel Yunes Márquez como candidato a la Alcaldía de Veracruz puerto, quitándole la posibilidad de competir por el cargo.

La última instancia del panista es la Sala Superior, sin embargo, los togados en la Sala Regional también determinaron que es inelegible.

Esto al acreditarse que efectivamente no cumple con el requisito de residencia efectiva de al menos tres años en ese municipio, es decir, que se ratifica que es inelegible para competir por dicho cargo.

Anuncios

Los magistrados resolvieron los juicios presentados por el ex contendiente de la coalición PAN-PRI-PRD, el Partido Acción Nacional (PAN), Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), y Fuerza por México (FXM).

Te puede interesar: Desapariciones forzadas están impunes en Veracruz, confirma Poder Judicial

En la sesión coincidieron en que el panista, quien acusa persecución del Gobierno en turno y de la Fiscalía General, es inelegible para la presidencia municipal, ante las “ausencias prolongadas” que tuvo del territorio nacional.

El proyecto de sentencia fue avalado por unanimidad de votos y se explicó que Yunes Márquez se ausentó de país en dos ocasiones por más de siete meses.

Por esta razón consideraron que no cuenta con más de tres años de residencia en el puerto, incumpliendo el artículo 69 fracción primera de la Constitución Política de Veracruz.

“Se confirma que el citado ciudadano carece de residencia efectiva en el Ayuntamiento de Veracruz ya que se observa que durante el tiempo que estaba generando la efectividad de su residencia se ausentó del país por periodos prolongados”.

El excandidato a Gobernador en 2018 e hijo del ex titular del Ejecutivo, Miguel Ángel Yunes Linares, cambió su residencia del municipio de Boca del Río al de Veracruz puerto el 2 de abril de 2018.

Por ello al día de la elección el 6 de junio, si no se hubiese ausentado, contaría con tres años y dos meses de residencia efectiva.

Publicidad