En medio de la baja en recaudación del Gobierno Federal y Estatal a causa de la pandemia de COVID-19 que reduce las participaciones que llegan a los municipios, el Gobernador Cuitláhuac García Jiménez envió una iniciativa que modifica la forma en que se distribuyen los ingresos del gobierno estatal entre las demarcaciones.

La iniciativa con proyecto de Decreto reforma el artículo 14 primer párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz, asegurando que la repartición de lo recaudado se realizará “de manera proporcional y equitativa”, utilizando conceptos medibles y cuantificables.

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García Jiménez argumentó que el 8 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica el convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Veracruz.

Después, el 16 de junio, se publicó en la Gaceta que facultó a la entidad para ejercer funciones operativas de administración de los ingresos generados en su territorio derivados de los contribuyentes que tributen en términos de los artículos 126 y 127 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

“En el acuerdo referido en el párrafo que antecede, se estableció en la Cláusula Décima Novena Fracción VI inciso A último párrafo que de la recaudación total que la entidad perciba respecto de los contribuyentes con obligaciones derivadas del artículo 126 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, deberá participar cuando menos el 20% a sus municipios”.

Por esta razón, García Jiménez propuso que la distribución se realice en los mismos términos en que actualmente se distribuyen en el Fondo General de Participaciones Municipales y el Fondo de Fomento Municipal, es decir, el 50 por ciento con base en el índice municipal de pobreza y el otro 50 por ciento con sustento en el coeficiente de participación municipal.

“Los municipios recibirán como mínimo el 20 por ciento de la participación que le corresponda al Estado de los ingresos provenientes del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; el 20 por ciento de lo que recauda el Estado por concepto del impuesto sobre automóviles nuevos; y, el 20 por ciento del incentivo de la recaudación derivada de los contribuyentes que tributen en términos del artículo 126 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta”.

Actualmente dicho artículo establece que los municipios recibirán como mínimo el 20% de la participación que le corresponda al Estado de los ingresos provenientes del Impuesto Federal sobre Producción y Servicios y el 20% de lo que recaude el Estado por concepto del impuesto sobre automóviles nuevos.

“La distribución de los conceptos señalados en el párrafo anterior, se hará aplicando el Índice Municipal de Pobreza y el Coeficiente de Participación Municipal en los porcentajes a que hace referencia el artículo 10 de esta Ley”. 

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