El gobernador Cuitláhuac García Jiménez presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Ganadería para el Estado de Veracruz contra el abigeato.

El Ejecutivo propone el establecimiento de Puntos de Verificación Estatales, que permitan detectar el abigeato y proceder en contra de quienes cometan este delito.

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En el planteamiento del titular del Ejecutivo se estipula que dicha vigilancia será permanente a través del personal autorizado por la Dirección General de Ganadería de la SEDARPA, quien deberá verificar que los animales que se movilicen e introduzcan en la entidad cuenten con la documentación que acredite su propiedad y que no se encuentre infectado.

Además, el proyecto obliga a toda persona que pretenda movilizar ganado a contar con la documentación correspondiente para evitar la propagación de posibles enfermedades a las especies pecuarias que se encuentren en el estado.

García Jiménez reitera que el fortalecimiento de las tareas de supervisión y vigilancia en los Centros de Verificación Estatal y las sanciones correspondientes a las infracciones establecidas, tienen el propósito de desalentar la comisión del delito de abigeato y las prácticas ilícitas relacionadas con las actividades pecuarias.

De esta manera, los cambios propuestos por el mandatario regulan las formas y procedimientos para adquirir, trasmitir, acreditar y proteger la propiedad del ganado; así como la movilización de este producto y subproductos pecuarios dentro del territorio veracruzano.

Además, acorde al principio de legalidad, el cual estipula que las autoridades sólo pueden hacer aquello para lo que expresamente les faculten las leyes, se propone establecer las autoridades estatales competentes en materia de ganadería y sus respectivas atribuciones las cuales le ayudarán a contar con seguridad jurídica al sector pecuario.

Por lo que se inmovilizará el ganado, sus productos y subproductos a quien no cuenten con la autorización correspondiente o cuente con una que se encuentre alterada, y se aplicarán las medidas sanitarias que, en su caso, se requieran y se sancionará en términos de la propia Ley Ganadera.

La reforma presentada ante el pleno del Congreso Local sanciona también el uso de marcas no registradas y prohíbe herrar con plancha llana alambre, gancho, argolla o ferro corrido, así como la amputación de las orejas en que se corte más de la mitad.

Adicionalmente se obliga a los conductores de vehículos de carga, pasajeros, turismo o privado que transporten mercancías reguladas en materia de sanidad y por esta ley, a detenerse en las zonas de inspección ganadera y dar las facilidades para la verificación del ganado, producto o subproducto.

No hacerlo, se indica, sería sancionado con infracciones que van de las 50 a las 100 Unidades de Medida y Actualización.

También se les obliga a asegurarse de que el cargamento cuente con el certificado zoosanitario que avale la movilización correspondiente, de lo tenerlo, la falta corresponderá una sanción de 90 a 200 UMAS

La iniciativa prohíbe estrictamente transitar con ganado en la noche sin autorización expresa y por escrito del Inspector Local o de la autoridad municipal con excepción de ganado que haya participado o vaya a participar en alguna competencia o deporte, o cuando la ruta de origen y destino lo justifique por la distancia que se recorrerá: siempre y cuando lo demuestre fehacientemente con la documentación correspondiente.

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