La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, en votación divida de seis contra cinco, declarar inconstitucional el artículo 222 fracción IX de la Ley Federal de Radiodifusión y Telecomunicaciones que establece que la programación que se difunda a través de radiodifusión, televisión y audio restringidos, deberá propiciar el uso correcto del lenguaje.

Durante la sesión de este jueves, los ministros consideraron que esta disposición impone una restricción injustificada a la libertad de expresión, pues no se advierte que con la misma se persiga una finalidad válida desde el punto de vista constitucional.

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Al respecto, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, destacó que los señalamientos en el sentido de generar patria a través del lenguaje, es antidemocrático.

“En materia de libertad de expresión, a quienes están usando los medios masivos de comunicación se les pueda exigir el uso correcto del lenguaje, me parece que hay un salto cuántico que constitucionalmente no se satisface. Esta cosa de la unidad nacional y generar patria a través del lenguaje me parece profundamente antidemocrático”.

Al resolver una contradicción de tesis, el Alto Tribunal advirtió que pretender establecer una policía del lenguaje sería imponer un modelo ilegítimo.

Por tratarse de una contradicción de tesis, el fallo de la SCJN sentará jurisprudencia y evitará que, a partir de su publicación, los juzgados y tribunales avalen imponer sanciones a quienes, en radio y televisión, no cumplan con la norma de propiciar “el uso correcto del lenguaje”.

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