El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó la resolución de la Subdirección de Procura y Abastecimiento para Exploración y Producción de Petróleos Mexicanos (Pemex), en la que se determinó rescindir administrativamente el contrato que se firmó con la empresa Oceanografía para la prestación de servicios de transporte, acondicionamiento y recuperación de fluidos durante la perforación y terminación de pozos con apoyo de barco procesador.

Oceanografía argumentó que la resolución de la Pemex no cumple con lo establecido en el artículo tercero de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; sin embargo, por mayoría de 10 votos, la Sala Superior del TFJA aprobó el proyecto de la magistrada Magda Zulema Mosri Gutiérrez, quien propuso declarar infundados los argumentos de la empresa, ya que la resolución cuenta con la debida fundamentación.

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Al respecto, la magistrada Mosri Gutiérrez afirmó que el incumplimiento por parte de la empresa no puede considerarse como un caso fortuito derivado de su aseguramiento.

“En el considerando sexto se analizan argumentos del tercero interesado, en el sentido de que se había actualizado la figura del caso fortuito o fuerza mayor, eximiendo a la actora del incumplimiento imputado, mismos que proponemos que se resuelvan infundados, ya que el aseguramiento de la empresa actora que motivó el incumplimiento en cuestión de este juicio, está basado en irregularidades cometidas por los directivos de la accionante que fueron descubiertas al llevarse a cabo una investigación por desvío de recursos y fraude, en perjuicio de Banco Nacional de México, por lo que el incumplimiento de mérito no obedece a caso fortuito o fuerza mayor”.

En otro tema, el TFJA ordenó a la Quinta Sala Regional Metropolitana para que regularice el procedimiento en el juicio que inició la empresa Odebrech con el que busca desbloquear cuatro cuentas de cheques que apertura en CI Banco e Intercam Banco.

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