En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación se publicó un decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador en el que ordena extinguir los fideicomisos públicos sin estructura en todas las dependencias federales.

En 6 artículos, el Ejecutivo Federal instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Oficina de la Presidencia de la República, así como a los Tribunales Agrarios, a llevar a cabo los procesos para cumplir con dicha medida.

Deberán desaparecer los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal en los que funjan como unidades responsables o mandantes.

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Además, los derechos y obligaciones derivados de dichos instrumentos serán asumidos por los ejecutores de gasto correspondientes con cargo a su presupuesto autorizado, de conformidad con las disposiciones aplicables.

López Obrador estableció que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de su titular, queda facultada para resolver las excepciones, en consulta con la Secretaría de la Función Pública.

Al respecto, instruyó que los ejecutores de gasto, por conducto de sus unidades responsables, coordinen las acciones que correspondan con las instituciones fiduciarias, mandatarias o comisionistas, para que a más tardar el día 15 de abril, concentren en la Tesorería de la Federación la totalidad de los recursos públicos federales que formen parte de dichos organismos.

Además, el Ejecutivo ordenó que los ejecutores de gasto deberán abstenerse de ejercer o comprometer recursos públicos.

“Para efectos del presente artículo únicamente en los casos estrictamente necesarios podrá remitirse la solicitud de excepción correspondiente al Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, adjuntando la justificación debidamente fundada y motivada, y de la cual se enviará copia a la Titular de la Secretaría de la Función Pública”.

Sólo quedan excluidos aquellos fideicomisos públicos, mandatos o análogos constituidos por mandato de Ley o Decreto legislativo y cuya extinción o terminación requiera de reformas constitucionales o legales, así como los instrumentos jurídicos que sirvan como mecanismos de deuda pública, o que tengan como fin atender emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones.

“El incumplimiento al presente Decreto, dará lugar a las responsabilidades administrativas que correspondan en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

En sus consideraciones, el presidente argumenta que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, dispone como uno de sus principios rectores el de “Economía para el bienestar”, a través del cual el Gobierno Federal se compromete a retomar el camino del crecimiento con austeridad y sin corrupción, disciplina fiscal, cese del endeudamiento, respeto a las decisiones autónomas del Banco de México, creación de empleos, fortalecimiento del mercado interno, impulso al agro, a la investigación, la ciencia y la educación.

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