En la sesión pública de resolución de este viernes 28 de septiembre del año en curso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que declaró existente la vulneración a los principios que rigen la publicidad gubernamental por parte del ayuntamiento de Xalapa -por diversas publicaciones en la red social Facebook-, y ordenó dar vista al contralor del citado municipio, a efectos de que se fincara la respectiva responsabilidad al coordinador de Comunicación Social del citado ayuntamiento, como en derecho proceda.

En el juicio electoral 120, promovido por Luis Guillermo Manzano Sánchez, se solicitó se declararan inexistentes las conductas denunciadas, en razón de que, a su parecer, la resolución controvertida carecía de una debida fundamentación y motivación.

Los magistrados de la Sala indicaron que era inoperante la pretensión del promovente, dado que, cuando se resolvió el JRC-99/2018, analizaron las publicaciones que ahora se impugnan, llegando a la conclusión de que constituían propaganda gubernamental, no amparada en ninguna de las excepciones previstas por la ley electoral. Por lo que no era posible analizar de nuevo la legalidad de dichas publicaciones, pues se actualizó la figura jurídica de la eficacia refleja de la cosa juzgada.

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