Con 115 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo particular la Ley para Etiquetado de Productos, la cual establece una etiqueta frontal en alimentos “chatarra”, a fin de advertir el contenido excesivo de energía, azúcares, grasas y sodio.

Cuando los productos superen los límites establecidos para esos elementos, deberán ser rotulados con sellos de advertencia en la parte frontal.

De esta manera en refrescos, papas fritas, pastelitos, golosinas y en otros productos, se colocarán, dependiendo el caso, las leyendas “alto en grasas saturadas”, “alto en azúcares”, “alto en sodio”, o “alto en calorías”.

El Senado rechazó hacer cambios a la minuta enviada por la Cámara de Diputados, por lo que con en la nueva ley, no se especificará la cantidad precisa de cada uno de esos ingredientes, lo cual, sin embargo, podrá determinarse por la norma respectiva de la Secretaría de Salud.

Se espera que el etiquetado frontal ayude a los consumidores a tomar mejores decisiones de compra y, de esa forma, se combatan enfermedades como la obesidad y la diabetes.

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