Luego de siete años de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, también conocida como la ley antilavado, los partidos políticos, que en dicha normativa entran en la clasificación de organizaciones sin fines de lucro, todavía tienen un gran desconocimiento sobre este marco jurídico, especialmente para reportar las donaciones que reciben, indicó la especialista en temas de prevención de blanqueo de capitales Angélica Ortiz Dorantes.
Te puede interesar: Pide PRI implementar medidas ante escenario catastrófico por Covid
En entrevista, la académica del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe) y de la Universidad Panamericana expuso que el nombramiento de Carla Humphrey Jordan —exfuncionaria de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)— como consejera del Instituto Nacional Electoral (INE) es una oportunidad para reforzar la vigilancia y el cumplimiento de las obligaciones de los partidos políticos en materia antilavado.
“Hay un gran desconocimiento y un mal entendimiento, tanto de partidos políticos como de actores que están regulados u obligados por la ley antilavado, sobre cuáles son sus obligaciones. La autoridad electoral tiene que tener el programa con objetivos muy claros de trabajo que tiene que dar a conocer a los partidos políticos”, explicó Ortiz Dorantes.
En la actualidad, y de acuerdo con la ley antilavado, los partidos políticos, como organizaciones sin fines de lucro, tienen que reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando reciben donaciones que superen, en el periodo de un mes, el equivalente a los 278,000 pesos y dar seguimiento e integrar expedientes de sus donatarios, cuando el monto de éstas sea superior a los 139,000 pesos.
Apenas el viernes, el Consejo General del INE anunció sanciones por más de 6 millones de pesos por irregularidades encontradas en siete organizaciones que presentaron su solicitud formal para obtener su registro como partido político nacional, especialmente por aportaciones de personas no identificadas.
De acuerdo con la segunda Evaluación Nacional de Riesgos, coordinada por la UIF, la recepción de donativos en organizaciones sin fines de lucro, como pueden ser los partidos políticos, representa un riesgo medio-alto para ser utilizadas como vehículos para el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
“En materia de delitos electorales, sería un delito recibir donaciones o bienes con un origen ilícito, es decir, el delito electoral se podría hacer un delito previo al lavado de dinero y obviamente ese delito previo… entonces da pie a que se pueda investigar tanto el delito electoral como el lavado de dinero”, detalló la académica del Inacipe.
Revisar activos virtuales
Antes de su nombramiento como consejera del INE, Carla Humphrey Jordan había expresado la necesidad de revisar mecanismos novedosos de lavado de dinero, especialmente para el tema electoral, por ejemplo, las donaciones que pueden recibir los partidos políticos vía activos virtuales.
Al respecto, Ortiz Dorantes detalló que los partidos políticos deben de estar conscientes que deben de cumplir con la autoridad, tanto electoral como con el SAT, y también ésta debe de contar con las herramientas y el personal necesario para conocer y analizar estas nuevas tecnologías.
“Lo recomendable en este aspecto de las campañas electorales es que los partidos políticos tengan claridad que al recibir donaciones se convierten en una actividad vulnerable y tienen que darse de alta en el padrón de actividades vulnerables y cumplir con todas las obligaciones de la ley antilavado”, detalló Ortiz Dorantes.
Obligaciones de un partido político como actividad vulnerable:
- Darse de alta ante el SAT y designar un responsable de cumplimiento.
- Presentar avisos cada mes ante esta autoridad sobre donaciones.
- Custodiar y proteger información de identificación de sus donatarios.
- Brindar facilidades al SAT para llevar visitas de verificación.