En Sesión Extraordinaria del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (OPLE), la Secretaría Ejecutiva presentó el informe que corresponde del 21 al 27 de febrero, respecto al monitoreo a medios de comunicación electrónicos, impresos, digitales, alternos, cine, radio y televisión.
Continuando con la Sesión, se aprobó dar el cumplimiento a la sentencia TEV-RAP-2-2021 del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), por lo tanto, se reintegrarán prerrogativas al Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que serán ministradas en los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto del presente año, con lo que ya no quedará saldo pendiente por pagar.
El Consejo General dio contestación a la C. Karla Coronado Grijalva, que solicita al OPLE que establezca las correspondientes acciones afirmativas para el registro de candidaturas locales para la población indígena, afro-mexicana, con discapacidad y de las diversidades sexuales. Como respuesta, cabe señalar que en este momento la solicitud resulta inviable, ya que la implementación de medidas afirmativas para el registro de candidaturas se debe de incorporar de manera oportuna, y dado lo avanzado del Proceso Electoral, resulta inviable, en este momento, la implementación de medidas afirmativas para el registro de candidaturas.
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Por otra parte, se dejó sin efectos a las fórmulas encabezadas por los ciudadanos Raúl Arias Lovillo y Adolfo Hernández Ramírez, aspirantes a la candidatura independiente por el cargo de la presidencia municipal del Ayuntamiento de Xalapa, y César Solís Nieves, aspirante independiente por el cargo de presidente municipal del Ayuntamiento de Córdoba.
A fin de aclarar dudas de la consulta formulada por el C. Sergio Gerardo Martínez Ruíz, Representante Propietario del Partido Político Verde Ecologista de México (PVEM) ante el Consejo General, se dio contestación a sus inquietudes, todas relacionadas con diputaciones de la LXV Legislatura del Congreso del Estado.
La C. Yazmín Martínez Irigoyen, solicitó a este Consejo dicte el Acuerdo correspondiente en el cual determine la gravedad y temporalidad en el Registro Local y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, del C. Víctor Manuel Carranza Rosaldo, en su calidad de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Coatzacoalcos. A dicha solicitud se le dio la contestación de que no resulta procedente dictar Acuerdo en el cual se determine la gravedad y temporalidad en el Registro Local y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, del C. Víctor Manuel Carranza Rosaldo, en su calidad de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, en cumplimiento a la Sentencia de fecha 14 de mayo del 2020, recaída al expediente SX-JDC-92/2020 y Sentencia de fecha 06 de julio del 2020 recaída al expediente TEV-JDC-36/2020.
Finalmente, se deshagó la consulta formulada por el C. Luis Fernando Jiménez Illescas y la C. Elena García Filobello, quienes se ostentan como conductores del programa televisivo “Demo4ica”, transmitido por RTVMAS, quienes preguntan si es posible la transmisión de programas radiofónicos por RTV, enfocados al análisis de la democracia, política e inclusión de los grupos vulnerables, durante el Proceso Electoral en el Estado de Veracruz; la respuesta es que sí se pueden trasmitir programas por radio y televisión que tengan que ver con temas relacionados con el desarrollo del Proceso Electoral en curso en el Estado de Veracruz, siempre y cuando se respeten las restricciones exactas previstas en la Constitución Federal, la LGIPE y demás normativa aplicable.