La Secretaría de Energía, en conjunto con la Secretaría de Economía, publicaron este jueves la suspensión general decretada al acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación están sujetas a regulación por parte de Energía.

El documento fue publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) y señala el acuerdo queda abrogado, es decir, sin efecto jurídico.

La firma legal Cortés Quesada explicó en una alerta a sus clientes que este acuerdo tendrá tres efectos en la industria.

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En primer lugar, los participantes que no hayan interpuesto amparos en contra de las nuevas reglas tendrán que seguir sus términos y condiciones, ya sea mediante nuevas solicitudes y por solicitudes que se hayan ingresado con posterioridad a la publicación inicial de las reglas nuevas.

A manera de contexto, las nuevas reglas se publicaron en diciembre de 2020 con diversas implicaciones como la eliminación de permisos previos de largo plazo (reduciendo la vigencia 20 a cinco años); requisitos adicionales y más estrictos para el otorgamiento de permisos previos; y un cambio en los efectos del silencio administrativo de la Secretaría de Energía para solicitudes de corto plazo.

Una segunda implicación es que en el caso de solicitudes ingresadas con posterioridad a la publicación de las nuevas reglas, Energía habilitará los días hábiles necesarios para que los interesados hagan los ajustes correspondientes a sus solicitudes, detalló la firma legal.

Finalmente, el acuerdo establece que todos los permisos previos otorgados con anterioridad a la publicación del Diario Oficial de la Federación se regirán bajo las reglas vigentes al momento de su otorgamiento.

El decreto entrará en vigor a partir de este viernes 18 de febrero.

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