El Congreso mexicano quedó a un paso de aprobar la ley que penaliza con hasta 12 años de prisión a quienes impongan las llamadas terapias de ‘reconversión de género’, que han provocado un debate a nivel internacional porque implican violaciones a los derechos humanos.

Las comisiones de Justicia, Salud y Diversidad de la Cámara de Diputados aprobaron esta semana el dictamen que ahora será enviado para su discusión a sesión plenaria.

En caso de aprobarse, terminaría su proceso parlamentario, puesto que en noviembre pasado el Senado ya votó a favor de esta nueva norma que tipifica los delitos que se cometen cuando se quieren aplicar “esfuerzos por corregir la orientación sexual y la identidad de género”, que es la definición formal de este tipo de prácticas.

Los diputados del conservador Partido Acción Nacional (PAN) se abstuvieron, con el argumento de que la ley pone en riesgo de prisión a los padres y madres de las personas que son presionadas o forzadas a llevar a cabo este tipo de “tratamientos”.

Sin embargo, la iniciativa es muy clara al advertir que las sanciones, que incluyen prisión, multas, destituciones e inhabilitaciones, solo aplica para funcionarios o personal de salud. Los padres y madres únicamente recibirán una amonestación o apercibimiento judicial.

“Este es un tema de derechos humanos, de amor y de dignidad”, afirmó la diputada trans Salma Luévano Luna, una de las principales impulsoras de la ley que pretende combatir las prácticas que, basadas en creencias religiosas, aseguran que la orientación o la identidad sexual o de género son “afecciones” que se pueden “curar”.

Agresiones

Además de patologizar a personas que no tienen ningún padecimiento, las terapias de conversión de género las sumen en supuestos tratamientos que tienen el objetivo de que se ajusten a los estereotipos binarios, que solo aceptan los géneros mujer-varón.

De acuerdo con denuncias de las víctimas, estas intervenciones suelen incluir amenazas, humillaciones, explotación laboral, tortura sicológica, golpes y abusos sexuales. 

El dictamen citó datos oficiales que aseguran que, en México, por los menos 500.000 personas padecieron “tratamientos” para “corregir” su orientación sexual, y otras 700.000, por su identidad de género. En general, cuatro de cada 10 fueron obligados a realizar estos procedimientos.

Si la ley se aprueba en las próximas semanas, el Código Penal se reformará para imponer penas de dos a seis años de prisión a quienes realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La pena alcanzará los 12 años en caso de que las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad. También aumentará si quien obliga a una persona a someterse a una “terapia” para “revertir” su identidad sexual o de género tiene algún tipo de relación que implique subordinación, es decir, si es su jefe o docente o médico, entre otros.

En las modificaciones se contemplan las sanciones penales y la inhabilitación para los funcionarios que cometan este delito a través de sus cargos, y si emplean violencia física, psicológica o moral.

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