Un juez federal concedió una suspensión provisional para que la reforma al Poder Judicial, aprobada en el Congreso de la Unión, no sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), según consta en un documento difundido por Francisco Burgoa, profesor de Derecho Constitucional en la UNAM.

Tenemos suspensión provisional, al menos hasta el próximo 11 de octubre- para que la reforma al Poder Judicial NO se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Como lo reporta, la resolución del juez del estado de Colima, al juicio de amparo indirecto: 1125/2024-VIII, promovida por Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, señala lo siguiente:

“En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación”.

Este anuncio de suspensión provisional, que sería válida hasta el próximo 11 de octubre, se da después del aval de la reforma judicial, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, así como su posterior aprobación en más de 17 congresos locales, para su posterior publicación en el DOF y, con ello, modificar la Carta Magna.

¿Se puede frenar la reforma al Poder Judicial?

A fines de agosto, una jueza otorgó una suspensión para evitar que la reforma al Poder Judicial se discutiera en la Cámara de Diputados; sin embargo, los legisladores desecharon la medida argumentando que era una “injerencia indebida y grosera”.

La Constitución mexicana establece que es facultad del Congreso reformarla y que los juicios de amparo no proceden cuando se trata de una reforma a la Carta Magna.

A pesar de ello, la presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña, planteó a principios de septiembre una consulta al resto de ministros del máximo tribunal para que determinen si es que la entidad puede pronunciarse sobre una petición de magistrados y jueces que solicitaron detener la reforma.

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