Tras una fuerte disputa por la prórroga del rector de la Universidad Veracruzana, Martín Aguilar Sánchez continuará al frente de la máxima casa de estudios por otros 4 años más.
Lo anterior, porque el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, con sede en Boca del Río, resolvió los cinco recursos de queja vinculados con los juicios de amparo que habían sido promovidos en su contra.
El órgano jurisdiccional falló en el sentido de que la Junta de Gobierno y la Universidad Veracruzana no son autoridades para efectos del juicio de amparo, por lo que las demandas interpuestas no eran procedentes.
Así pues, los amparos promovidos por Marisol Luna Leal, ex abogada general; José Luis Cuevas Gayosso, ex director de la Facultad de Derecho, y Rafael Vela, quedarón sin efecto alguno a pesar de que anticipaban una resolución a su favor.
El Tribunal concluyó que las decisiones internas de la Universidad no constituyen actos de autoridad susceptibles de revisión federal, conforme a los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Los magistrados Israel Herrera Severiano, Ahleli Antonia Feria Hernández y Rosenda Tapia García resolvieron que los nombramientos dentro de las universidades autónomas forman parte de su autogobierno.
“Como lo sostuvo el máximo tribunal de justicia del país en la ejecutoria que dio origen a la jurisprudencia primera J/19/2010, el nombramiento del personal de la universidad, como lo es el del rector, se refiere a asuntos internos del propio órgano Junta de Gobierno de dicha universidad, que no tienen afectación directa a los ciudadanos y, por ende, no vulneran de ninguna manera su esfera de derechos fundamentales”, expuso.
El tribunal también resolvió los recursos 285/2025 y 329/2025 promovidos por el ex rector Jorge Manzo Denés, en los que confirmó la improcedencia del amparo. En el primero, el acto reclamado era futuro e incierto; en el segundo, la juez de distrito determinó correctamente que la Universidad Veracruzana no puede ser considerada autoridad para efectos del juicio de amparo.










