Este martes entró formalmente en vigor la reforma constitucional que incorpora en Veracruz la figura de revocación de mandato para la persona titular del Poder Ejecutivo estatal, un mecanismo que permitirá a la ciudadanía evaluar la permanencia en el cargo del gobernador en turno.

De acuerdo con el decreto, la solicitud deberá presentarse ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE) antes de que concluya el tercer año del periodo gubernamental. Para que el proceso proceda, los promoventes deberán cumplir con estrictos candados legales y operativos en un tiempo determinado.

Requisitos clave para activar el mecanismo:

  • Respaldo ciudadano: Se requiere la firma de al menos el 10% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores del estado, lo que equivale a aproximadamente 750 mil rúbricas.
  • Dispersión municipal: Los apoyos deben recabarse en cuando menos 107 municipios y representar al menos el 3% de la Lista Nominal de cada una de esas demarcaciones.
  • Plazos fatales: La ciudadanía tendrá un periodo de 30 días naturales para reunir todas las firmas necesarias.
  • Validación del OPLE: Una vez entregada la documentación, el organismo electoral contará con otros 30 días naturales para verificar y validar el cumplimiento de cada requisito.

La reforma, avalada por el Congreso local el pasado 7 de julio y ratificada posteriormente por la mayoría de los cabildos municipales, establece también un plazo máximo de 180 días naturales para que el Poder Legislativo expida la ley secundaria correspondiente.

A pesar de su entrada en vigor, diversos sectores sociales y políticos han advertido que los requisitos cuantitativos y de dispersión podrían representar obstáculos severos para concretar de manera efectiva la consulta ciudadana.

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