El aguinaldo base de 30 días (o dos quincenas) podría ser una realidad y ante ello, los empresarios deben ajustar sus presupuestos y administrar sus finanzas lo antes posible, aseguró la Doctora Virginia Ríos Hernández, quien es integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
En entrevista, la especialista comentó que la medida, que aún no ha sido aprobada, puede repercutir en las finanzas de las micro, pequeñas y medianas empresas; sin embargo, comentó que toda decisión que se tome en pro de los trabajadores debe ser acatada y respetada.
“Para los trabajadores es totalmente un beneficio porque tendrían un ingreso adicional”, aseguró.
Sin embargo, añadió que si la reforma al artículo 87 es aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación antes del 20 de diciembre de este año, los empresarios ya tendrán que pagar el extra a sus colaboradores, cuestión que podría “apretar” su presupuesto.
También dijo que si se aplica para 2025, los dueños de los negocios en el país tienen más tiempo para planificar, cuestión que podría involucrar solicitudes de crédito o, incluso, elevar los costos de sus productos y servicios para poder cubrir la prestación de ley.
“Pero incluso esto representa que algunos empresarios van a tener que subir los precios de sus productos y servicios porque a veces no sale el margen de utilidad que esperaban, entonces tendrán que incrementar tal vez el valor de sus precios y servicios”, señaló la experta en temas fiscales.
De acuerdo con información del gobierno federal de México, el aguinaldo es un derecho de los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87.
“Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo”, estipula el artículo.
Sin embargo, el gobierno federal señaló que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
De acuerdo con la La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), para los trabajadores que aún no cumplen 365 días de laborar en su centro de trabajo pero que sí son acreedores a la prestación, deberán hacer el siguiente cálculo para saber qué cantidad les corresponde:
- Dividir el salario neto entre los 30 días mensuales.
- Multiplicar el monto que se gana diariamente por los 15 días de aguinaldo mínimos.
- Dividir el monto del aguinaldo estándar entre los días del año.
- Multiplicar los días trabajados por la cuota proporcional de aguinaldo
“La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa”, señalaron autoridades gubernamentales.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la multa a los empleadores que no paguen esta prestación laboral a sus colaboradores va de los 5,187 a los 518,700 pesos.
“Ya veremos si aprueban la reforma antes de que acabe el año. La ley entraría en vigor al día siguiente de ser publicada en el DOF”, comentó Virginia Ríos.
En febrero de este año, el senador de Morena y secretario General del Sindicato de Mineros, Napoleón Gómez Urrutia, propuso una iniciativa de reforma para que por ley el pago de aguinaldo pase de 15 a 30 días, es decir, se duplique. La propuesta del morenista no fue vista con malos ojos por senadores de la oposición, del PRI, PAN y Movimiento Ciudadano
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 30 días de salario, por lo menos”, de acuerdo con la iniciativa que avanza en el Senado. En la exposición de motivos de la iniciativa de reforma, se detalla que la política laboral se debe seguir fortaleciendo para dignificar los derechos de los trabajadores y garantizar una mejor calidad de vida.