Aunque el Servicios de Administración Tributaria (SAT) tiene bien identificada la mayoría de los casos del llamado “huachicol fiscal” en gasolineras, hay estaciones de servicio pueden caer bajo este supuesto por realizar una mala facturación.
Aldo Leal, CEO de Gas Manager, señala que en los últimos años ha habido una mayor detección de discrepancias en la información del control volumétrico y la facturación de las estaciones, pues el SAT cuenta con más herramientas tecnológicas que le permiten hacer un mejor y rápido análisis.
“El SAT tiene todos los datos para poder identificar lo que se conoce como huachicol fiscal, pero inclusive una gasolinera que pueda pueda comprobar legalmente las adquisiciones de los productos, puede puede llegar a este supuesto, por el hecho de tener una variación entre la información que presenta, los archivos de control volumétrico y su facturación”, explicó el experto.
Apuntó que al entrar bajo huachicol fiscal, los dueños de las gasolineras ya no sólo enfrentan una penalización económica, sino una pena corporal, es decir, pueden ir a la cárcel.
Por ello resaltó la importancia de que las gasolineras dejen las malas prácticas a la hora de realizar la facturación y se apeguen a lo que el SAT determina.
Leal indicó que las gasolineras deben conocer bien la información que mandan al órgano fiscalizador y revisar que no haya discrepancias.
El SAT tiene guías específicas para el sector de hidrocarburos, al cual le da un tratamiento muy especial y diferente frente a cualquier otro contribuyente. Las estaciones de servicios reciben auditorías de vigilancia profunda y se aplican con mayor frecuencia.
“Hemos estado siendo informados por estaciones de toda la República que están presentando discrepancias fiscales, esto es consecuencia de que no coincide la información entre lo declarado, lo facturado y los archivos de control volumétrico”, expuso.
El artículo 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación dice la forma y fondo que debe tener una factura de hidrocarburos. Por ejemplo, contar con un folio que es único e irrepetible, incluir el número de estación de servicio la CRE, la clave del SAT para cada producto.
Las malas prácticas de las gasolineras
El especialista explicó que uno de los grandes problemas es no hacer en tiempo la facturación, pues la ley determina que se debe generar una vez que el despachador de la gasolinera cuelga la manguera, y luego se cuenta con 24 horas para timbrarla.
El que una gasolinera dé un ticket es una práctica que no debe existir, pues en ninguna parte de los artículos o de la resolución de la Miscelánea Fiscal se indica, sino que más bien debe haber un archivo electrónico impreso.
Para esto, las gasolineras deben contar con medios electrónicos para llevar a cabo la facturación una vez despachado el producto.
“Si por algún motivo no se requiere factura ahí la autoridad es muy clara: se le da la facilidad a la gasolinera de juntar todos los despachos que no fueron facturados para que los incluya en lo que se le conoce como factura global, la cual puede ser diaria, semanal o mensual”, apuntó.
Otra mala práctica es cuando el cliente va en diferentes días a la gasolinera y al final junta los consumos para que se le haga una sola factura.
“Es una pésima práctica, ¿Cuál va a ser el resultado? Si en un periodo, digamos ahorita en octubre, voy a la gasolinera y cargo 500 pesos y la gasolinera me da un ticket y yo me lo llevo a mi casa y los facturó el siguiente mes, ahí la gasolinera va a caer en una situación que lo va a facturar doble”, explicó.
Otra es que el cliente facture desde su casa, pues el SAT claramente dice que los medios electrónicos son solo para descargarla, y también el uso de vales, ya que se permiten únicamente los monederos electrónicos autorizados por el brazo recaudador.