El SAT informó que dio una prórroga a los contribuyentes y ahora tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario.

El órgano recaudador recordó que incumplir con esa obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción.

En un comunicado agregó que desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, con excepción de:

  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
  • Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
  • Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

Expuso que el Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo fin es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

Para habilitar la herramienta es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y contraseña o e.firma vigente.

Luego se debe elegir la opción de configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.

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