El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría multarte a partir del próximo 1 de abril, en caso de que no hayas actualizado un documento obligatorio, del cual, te contaremos a continuación.

Es importante mencionar que el organismo que pertenece a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es el que se encarga “de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público”.

De hecho, en las últimas semanas ha estado recordando a las y los contribuyentes la fecha límite para presentar la Declaración Anual 2023, tanto de personas físicas como morales, por lo que es importante tener todos los documentos en regla.

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Documento que deberás actualizar ante el SAT

En enero de 2024, el organismo informó sobre la ampliación del periodo de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), con complemento Carta Porte, sin embargo, el plazo vence ya este domingo 31 de marzo.

Y es que, fue en septiembre de 2023 que se publicó dicha versión, entrando en vigor el 25 de noviembre del año pasado, pero para que las y los contribuyentes pudieran adaptarse mejor, se les permitió seguir emitiendo sus facturas en la 2.0.

No obstante, el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones para las personas que no emitieron sus CFDI con complemento Carta Porte.

¿Qué es la Carta Porte?

A decir del SAT, es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías.

“Contiene toda la información relacionada con el transporte, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como el medio por el que se mueven (aéreo, marítimo, ferroviario o autotransporte)”.

¿De cuánto es la multa por no usar la versión 3.0?

Según se ha reportado, podrás ser acreedor a una multa por los siguientes aspectos:

  • No emitir la Carta Porte 3.0: Cobro de 400 a 600 pesos por cada CFDI sin el complemento.
  • No mostrar Carta Porte: Te podrían sancionar con 760 pesos hasta 14 mil 710.
  • Por reincidencias: Dependerá del caso para que se te multe con 880 pesos, o hasta 112 mil 650.

Así que ahora ya lo sabes, evita que el SAT pueda multarte a partir del próximo 1 de abril de 2024, y mejor actualiza la forma de emitir tus CFDI.

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