Luego de varios meses de ser aprobado, finalmente fue aprobada en la Gaceta Oficial del Estado la reforma en la Ley para Prevenir y Eliminas la Discriminación en Veracruz, que precisa que nadie puede ser discriminado por el simple hecho de contar con tatuajes.
Para ello, da facultad a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, por si alguna dependencia o instancia privada realiza alguna discriminación a alguien por contar con un tatauaje, podrán tomarse las medidas necesarias para sancionarlo.
Desde hace varios meses el Congreso local había avalado las reformas y adiciones al artículo 6 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de Veracruz, señalan que es conducta discriminatoria, la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, por tener tatuajes o perforaciones corporales.
De igual forma, se indica y define como discriminación la aplicación de políticas públicas, programas u otras acciones de gobierno que, en apariencia neutrales, tengan un impacto desventajoso en los derechos de las personas.
Ante tal panorama, se estableció que sea la Comisión Estatal de Derechos Humanos la instancia encargada de promover las acciones encaminadas a la prevención de toda forma de discriminación, de recibir, integrar y resolver los expedientes de quejas interpuestos por las personas que se sientan agraviadas por tener tatuajes o perforaciones en el cuerpo, cuando éstas fueren atribuidas a cualquier autoridad o persona servidora pública estatal o municipal; proporcionando, además, la asesoría y orientación necesarias y los medios idóneos para que las personas hagan efectivo su derecho a la no discriminación.

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