Un menor de edad fue asesinado por otros cuatro internos el sábado 7 de septiembre de este año en el Centro de Internamiento Especial para Adolescentes (CIEPA), de Palma Sola.
El suceso apenas trasciende a los medios de comunicación toda vez que se pretendió ocultar el hecho por parte de las autoridades penitenciarias. Se sabe quien estaba al frente de la dirección de ese centro de internamiento era Rolando Pacheco, quien al registrarse esa tragedia, fue separado del cargo.
Los padres del menor Óscar H. G. apenas se enteraron del trágico suceso.
El niño estaba bajo el proceso JJ 162018-II .
Los padres y la familia del menor, que son personas de muy escasos recursos, exigen justicia y cuestionan las medidas de seguridad en ese Centro.
Por estos hechos ocurridos en la comunidad de Palma Sola fue abierta la queja de oficio DAP/322/2019, en la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
La CEDH, además de haber iniciado la queja de oficio, solicitó informes detallados al CIEPA.
Hasta el momento, las autoridades del gobierno estatal no han emitido una postura al respecto.
Cabe destacar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió hace cuatro meses un exhorto al Centro de Internamiento Especial para Adolescentes de Palma Sola en virtud de que dicho organismo detectó que niños y niñas no estaban separados, por lo que convivían en áreas de uso común. Se desconoce si hasta el momento las autoridades estatales han acatado dicha recomendación.
A CONTINUACIÓN, EL EXHORTO QUE HIZO
LA CNDH HACE CUATRO MESES:
INFORME ESPECIAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS SOBRE LOS CENTROS DE TRATAMIENTO INTERNO PARA ADOLESCENTES QUE INFRINGEN LA LEY PENAL DE LA REPÚBLICA MEXICANA.
Centro de Internamiento Especial para Adolescentes, en Alto Lucero, Veracruz.
Para evaluar las condiciones de internamiento que imperan en esos establecimientos, los cuales fueron elaborados con una perspectiva de protección integral e interés superior de la niñez, a partir de los estándares contenidos en la normatividad nacional, así como en diversos
instrumentos internacionales en la materia
INADECUADAS CONDICIONES DE LAS INSTALACIONES.
• Las áreas de ingreso y observación carecen de camas, colchones y lavabo.
• El dormitorio varonil, las áreas de ingreso y observación presentan falta de mantenimiento e higiene.
FALTA DE ÁREAS PARA EL ACCESO A SERVICIOS Y ACTIVIDADES.
• Insuficiencia del área de protección.
CONDICIONES DE DESIGUALDAD DE LAS ÁREAS Y PERSONAL DESTINADOS A MUJERES.
• Inadecuadas o insuficientes áreas de cocina, aulas, biblioteca, deportiva, visita y médica.
INADECUADA SEPARACIÓN Y CLASIFICACIÓN • Adolescentes sujetos a proceso, quienes cumplen una medida de tratamiento y adultos jóvenes conviven en áreas comunes.
INEXISTENCIA DE REGLAMENTOS Y MANUALES DE PROCEDIMIENTOS
• No cuenta con reglamento.
• Carecen de programas para prevenir y/o contrarrestar incidentes violentos
• No cuenta con los manuales de procedimientos del comité técnico
IRREGULARIDADES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO.
• Insuficiencia de personal de enfermería.
• No se brinda atención médica especializada a las mujeres
ADOLESCENTES CON ADICCIONES.
• No cuentan con programas de prevención, tratamiento contra de las adiciones y desintoxicación voluntaria.
PERSONAL DE CUSTODIA
• Insuficiencia de personal de custodia.
FALTA DE CAPACITACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS
• Personal sin especialización e insuficiencia de capacitación para el puesto que desempeña.
DEFICIENCIAS EN LA SUPERVISIÓN DE LOS CENTROS DE TRATAMIENTO INTERNO
• El responsable del centro realiza recorridos de supervisión cada quince días, no existe registro de ello ni se emite un informe al personal correspondiente sobre las situaciones detectadas.
FALTA DE PERSONAL TÉCNICO Y ACTIVIDADES
• Carece de personal de trabajo social y el jurídico es insuficiente
DEFICIENCIAS QUE AFECTAN LOS VÍNCULOS CON PERSONAS DEL EXTERIOR • La trabajadora social abre la correspondencia de las personas adolescentes, se las da a leer y se las retira.