Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) verificarán si la ampliación del Puerto de Veracruz vulneró el derecho a un medio ambiente sano de los ciudadanos.
Este jueves, en sesión remota de Primera Sala, aceptaron conocer de la revisión de un amparo, afirmando que el estudio del mismo permitirá fijar criterios para casos futuros en los que se examine el interés legítimo colectivo y el derecho humano de acceso a un medio ambiente sano.
Lo anterior particularmente cuando se controvierten obras que, a primera vista, “también pueden traer consigo beneficios para la sociedad o para la economía nacional, como el caso de la ampliación de un recinto portuario”, señala la corte en un comunicado.
Cabe recordar que ciudadanos, asesorados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), se ampararon contra el proyecto de ampliación del puerto de Veracruz, promovido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a inicios de diciembre de 2016.
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Al respecto, en su momento acusaron que la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) se presentó de forma fragmentada en por los menos 14 partes, evaluadas y autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) sin considerar todos los impactos acumulativos. Además, señalaron que la MIA omitió manifestar la existencia de un arrecife de coral no emergido, localizado a 500 metros de distancia de la entrada del nuevo puerto.
Sin embargo, el juez de distrito sobreseyó el amparo por considerar que las quejosas no contaban con interés legítimo para promoverlo; resolución contra la cual las afectadas presentaron recurso de revisión, mismo que solicitaron fuera atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al resolver sobre la solicitud, la Primera Sala determinó ejercer tal facultad, al considerar que el asunto reviste interés y trascendencia, toda vez que con su resolución se podría continuar en la construcción de su línea jurisprudencial en torno a la figura del interés legítimo de personas físicas que acuden al juicio de amparo alegando la vulneración del derecho humano a un medio ambiente sano.
Finalmente, la Sala destacó la relevancia de este asunto al no estar limitado a analizar intereses estrictamente particulares, sino colectivos, tanto por la naturaleza del derecho humano en juego, como por las obras materiales que los actos reclamados conllevan.