El Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) reiteró que la detención y sobre todo la audiencia de la jueza Angélica Sánchez Hernández fue ilegal.

A través de sus redes sociales, anunció que presentaron una figura jurídica conocida como “amicus curiae”, que permite a terceros, no involucrados directamente en el litigio, ofrecer su opinión jurídica, argumentos o recomendaciones vinculantes sobre algún punto de derecho o asunto relacionado, con el fin de colaborar con el tribunal en la resolución del caso.

El “amicus curiae” es una figura legal En este caso, las opiniones presentadas resaltan presuntas omisiones y violaciones al debido proceso que habría sufrido la jueza.

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El Juzgado Decimoquinto de Distrito en el estado de Veracruz admitió el “amicus curiae” dentro del amparo indirecto 540/2023 el pasado 3 de julio. El escrito fue firmado por la Directora General del Instituto Federal de la Defensoría Pública, quien presentó diversos argumentos en relación a este incidente de exceso.

La defensa de la jueza promovió un incidente el 19 de junio alegando exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión provisional, el cual consistía en no detener a la jueza y la falta de acatamiento por parte de las autoridades judiciales y ministeriales de Veracruz.

“En esa óptica, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 206, 207 y 208 de la Ley de Amparo, se tramitará el incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión a favor de la parte quejosa en los autos del incidente en que se actúa”, señala el acuerdo.

Además, se requirió a las autoridades señaladas como responsables que presenten sus informes sobre los hechos imputados en relación a la suspensión concedida a favor de la jueza. 

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