Doctoras en condición de embarazo, lactancia o inmunodeprimidas que laboran en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) denunciaron que son obligadas a trabajar a pesar del incremento en los casos de covid-19.

Se trata de trabajadores de la zona norte del IMSS, encabezado María de Lourdes Carranza Bernal y en el Sur, Célida Duque, que pese a ser mujeres han obligado a sus colaboradoras a permanecer en sus puestos de trabajo sin importar su condición. 

Por ello, solicitaron ante jueces federales y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje su resguardo domiciliario, pero no fueron tomadas en cuenta, por lo cual el viernes pasado presentaron una queja ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), exhibiendo que las autoridades se han deslindado de sus casos. 

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Las afectadas, que pidieron el anonimato, se quejaron porque a pesar de que en el IMSS de Veracruz son mujeres las encargadas violentan los acuerdos vigentes a partir del 23 de marzo para enfrentar la situación sanitaria, así como normativa nacional e internacional de salud, por obligarlas a trabajar y exponerlas al covid-19.

El abogado Gabriel Andrés Cámpoli, representante de las afectadas, señaló que solicitaron medidas cautelares ante la CID porque el juzgado quinto de Distrito y la Junta de Conciliación llegaron a la misma conclusión. 

“Desde hace un tiempo empezaron a sobreseer amparos a gente que ya los tenía alegando que le corresponde a la Junta. Es una estrategia; nadie había procedido a la Junta de Conciliación y ellos también negaron la protección”.  

Ante ello presentaron tres demandas Judiciales, incluyendo una de amparo para que se ordene por el IMSS el resguardo domiciliario de dos de sus defendidas, una embarazada y otra en lactancia quien además padece artritis reumatoide.

Inicialmente se otorgó la protección y resguardo domiciliario, pero luego “por supuestas razones de incompetencia” se quitó la protección.

“Después se presentó la solicitud de medida cautelar ante la Junta Laboral, teniendo como respuesta que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje señala que no cuenta con esas facultades. Además, se presentó un amparo contra la resolución de la Junta Laboral, ante el Juzgado Quinto de Distrito en Boca del Rio Veracruz, mismo que negó la medida de protección alegando que sería constitutiva de un derecho, lo que no es cierto porque el derecho a la vida y la salud existen por la propia esencia del ser humano”, señala el expediente. 

El abogado criticó que las autoridades no acaten las medidas sanitarias decretadas a nivel federal ni el acuerdo del Consejo General de Salubridad que decretó que el personal que se encuentren en los grupos vulnerables o en riesgos se vaya a sus casas a pasar la pandemia actual.

Al ser obligadas a reintegrarse a sus áreas de trabajo posiblemente por falta de personal, las trabajadoras procedieron ante los Juzgados de Distrito de Boca del Río, quienes señalaron que no procede el amparo ya que sería competencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, equivalente funcional de un Juzgado Laboral.

Por esta razón el 20 de enero pasado se presentó ante la Junta Federal 45 con asiento en Veracruz una solicitud de medida cautelar de resguardo domiciliario, pero se respondió que no cuenta con las facultades para otorgar protección alguna a la vida y la salud de la trabajadora y de su menor hija.

Posteriormente el 27 de enero se presentó un nuevo amparo contra la resolución de la Junta, a lo que el Juzgado Quinto de Distrito admite la demanda pero niega el otorgar la licencia o indicar a la Junta que ordene al empleador otorgar el resguardo domiciliario arguyendo que sería otorgar un derecho a la solicitante.

El abogado señalo que las medidas para la protección de la vida y salud personal, deben abarcar la protección del salario y prestaciones ordinarias extraordinarias, en virtud que le han negado la licencia, por ello procedieron ante la CIDH

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