Xalapa, Ver., a 23 de septiembre de 2020.- En Sesión Extraordinaria virtual, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE), aprobó un bloque de acuerdos propuesto por la Comisión de Especial de Reglamentos, en el que se expidieron 5 reglamentos:

  • Reglamento de Sesiones del Consejo General.
  • Reglamento de Comisiones del Consejo General
  • Reglamento de Sesiones de los Consejos Distritales y Municipales Especiales 
  • Reglamento para la Designación y Remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Especiales.
  • Reglamento para el Ejercicio de la Función de Oficialía Electoral.

Es importante resaltar que para el cumplimiento y desarrollo de todas las funciones del OPLE, el Consejo General, como órgano superior de dirección, dentro de sus atribuciones, es la de aplicar y vigilar las disposiciones constitucionales y legales, así como la de expedir los reglamentos necesarios para su buen desempeño.

Además, la reforma legal en materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, publicado el pasado 13 de abril de 2020, las reformas y adiciones a la Constitución Local de fecha de 22 de junio del mismo año, así como a la reforma, adición y derogación de diversas disposiciones del Código Electoral de 28 de julio y acatando a la reforma a lo establecido en dicho Código, estableció al OPLE un plazo de 90 días naturales, para que, en el ámbito de su competencia adecue y apruebe la normatividad relativa con dicha reforma.

Previo a la expedición de los reglamentos mencionados, se llevaron a cabo reuniones de trabajo en donde las expresiones de consejeras y consejeros electorales, así como de las representaciones de los partidos políticos, fueron fundamentales para construir cada documento. La Consejera María de Lourdes Fernández Martínez, Presidenta de la Comisión Especial de Reglamentos, reconoció los esfuerzos de cada persona que se involucró,

En otro punto del orden del día, se aprobaron los acuerdos puestos a consideración por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, uno de ellos, es el escrito dirigido al Consejo General, en el que el Representante Propietario del Partido Político Local Cardenista, solicitó que la realización de la asamblea del partido, se lleve a cabo una vez que las autoridades sanitarias, indiquen que existen las condiciones para efectuar reuniones presenciales. Por su parte, el órgano comicial determinó que por única ocasión se le otorga una prórroga de 20 días hábiles.

Finalmente, el CG declaró la procedencia legal de las modificaciones a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos de los partidos políticos locales: “Todos por Veracruz”, ¡PODEMOS! y “PARTIDO UNIDAD CIUDADANA”.

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