El pleno del Congreso local emitió la declaratoria para que el Centro de Conciliación Laboral inicie sus funciones este viernes 10 de septiembre, en cuanto a sus atribuciones administrativas.

Apenas este jueves el Gobernador Cuitláhuac García Jiménez solicitó al Congreso del Estado emitir la declaratoria para el inicio de funciones del Centro, luego de nombrar a la ex diputada federal de MORENA, Dorheny García Cayetano, como nueva secretaria del Trabajo, Previsión Social y Productividad.

Por su parte, Diana Aróstegui Carballo, quien fungía como encargada de la dependencia, ahora será titular del Centro de Conciliación, el cual entrará en funcionamiento en octubre con la Reforma en Materia de Justicia Laboral.

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Con esto se da cumplimiento al artículo segundo transitorio de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El pleno del Congreso local emitió la declaratoria para que el Centro de Conciliación Laboral inicie sus funciones este viernes 10 de septiembre, en cuanto a sus atribuciones administrativas.

Apenas este jueves el Gobernador Cuitláhuac García Jiménez solicitó al Congreso del Estado emitir la declaratoria para el inicio de funciones del Centro, luego de nombrar a la ex diputada federal de MORENA, Dorheny García Cayetano, como nueva secretaria del Trabajo, Previsión Social y Productividad.

Por su parte, Diana Aróstegui Carballo, quien fungía como encargada de la dependencia, ahora será titular del Centro de Conciliación, el cual entrará en funcionamiento en octubre con la Reforma en Materia de Justicia Laboral.

Con esto se da cumplimiento al artículo segundo transitorio de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Ahora las atribuciones conciliatorias y jurisdiccionales del referido Centro y de los Juzgados Laborales del Poder Judicial, ambos del estado, deberán entrar en vigor el 1 de octubre de este año, con autonomía técnica, presupuestaria, de decisión y de gestión.

“La etapa procesal conciliatoria consistirá en una sola audiencia obligatoria para las partes; se establecen nuevos principios para asegurar la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de trabajadores y patrones”.

Con esto se da cumplimiento al artículo segundo transitorio de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado, el cual prevé que dicho Centro inicie operaciones con posterioridad a la declaratoria que emita este Congreso, prevista en el transitorio cuarto del Decreto 531, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del estado en materia de implementación, en el nivel local, de la reforma federal al Sistema de Justicia Laboral.

Ahora se ofrecerá el servicio público de conciliación laboral para la solución de los asuntos de competencia local, en una instancia previa al juicio ante los tribunales laborales, a fin de procurar el equilibrio entre los trabajadores y patrones, de acuerdo con lo previsto por la Ley Federal del Trabajo.

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Además de la solución de conflictos, una de las atribuciones del Centro de Conciliación Laboral será impulsar la difusión y divulgación de sus servicios, llevándolos al público en general.

Ahora las atribuciones conciliatorias y jurisdiccionales del referido Centro y de los Juzgados Laborales del Poder Judicial, ambos del estado, deberán entrar en vigor el 1 de octubre de este año, con autonomía técnica, presupuestaria, de decisión y de gestión.

“La etapa procesal conciliatoria consistirá en una sola audiencia obligatoria para las partes; se establecen nuevos principios para asegurar la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de trabajadores y patrones”.

Con esto se da cumplimiento al artículo segundo transitorio de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado, el cual prevé que dicho Centro inicie operaciones con posterioridad a la declaratoria que emita este Congreso, prevista en el transitorio cuarto del Decreto 531, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del estado en materia de implementación, en el nivel local, de la reforma federal al Sistema de Justicia Laboral.

Ahora se ofrecerá el servicio público de conciliación laboral para la solución de los asuntos de competencia local, en una instancia previa al juicio ante los tribunales laborales, a fin de procurar el equilibrio entre los trabajadores y patrones, de acuerdo con lo previsto por la Ley Federal del Trabajo.

Además de la solución de conflictos, una de las atribuciones del Centro de Conciliación Laboral será impulsar la difusión y divulgación de sus servicios, llevándolos al público en general.

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