La Fiscalía General del Estado puede proceder en contra del exfiscal especializado anticorrupción, Marcos Even Torres Zamudio, por abandonar el órgano a su cargo sin cumplir con los trámites que exige la Ley.

Cabe señalar anticorrupción reconoció que abandonó el cargo y buscó la protección de la justicia federal, argumentando que lo hizo porque había ordenes de aprehensión en su contra.

De esta manera el exfuncionario buscó la protección de la justicia federal en contra de la Contraloría Interna de la Fiscalía y de actos de la fiscal encargada, Verónica Hernández Giadáns.

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Sin embargo, el juez a cargo determinó que dicha petición era completamente improcedente y determinó desechar el recurso.

Hay que recordar que a la fecha el órgano interno de control se encuentra a cargo de Rafael Ambrosio Caballero Verdejo, designado en el cargo por el Congreso del Estado el pasado 14 de noviembre.

Torres Zamudio buscó protegerse en contra de leyes, reglamentos o disposiciones de carácter general al interior del organismo, acusando que en su momento el contralor general de la Fiscalía no admitió al representante y los testigos que propuso para cumplir con su salida.

En su petición admitió que no acudió a cumplir con este requisito de Ley debido a que existían procesos penales que implicaban su detención.

Hay que recordar que el exfiscal mantiene una orden de aprehensión por el delito de tortura y otro de la que se desconoce la razón que la que fue liberada, de ahí que permanece prófugo desde el pasado mes de septiembre.

Torres Zamudio también acusó la inconstitucionalidad del artículo que obliga a los servidores públicos de la Fiscalía a realizar la entrega-recepción de los recursos que tengan asignados y del informe de los asuntos bajo su responsabilidad.

Pese a esto el juzgado ante el que interpuso la demanda de amparo determinó que actualiza una causa indudable y manifiesta de improcedencia, de ahí que la desechó de plano, ya que según la autoridad jurisdiccional la negativa del contralor no es impugnable por sí solo mediante el juicio de garantías.

“Ello es así, porque dicho auto forma parte de un procedimiento como resulta ser el procedimiento que deben seguir los servidores públicos de la Fiscalía General al separarse de su empleo, cargo o comisión”,

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