(SPI).- Las comisiones Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) de cada estado, deberán asesorar en la aplicación de la Consulta Pública a pueblos indígenas que se sientan agraviados por medidas administrativas, autorizaciones o proyectos.

En el Diario Oficial de la Federación de este martes 15 de mayo, se publicó la circular que da a conocer que cualquier persona que labore en la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos y sea dentro del ámbito de sus atribuciones lo siguiente:

Cuando tengan conocimiento (mediante llamada telefónica, correo institucional, oficios, invitaciones, notificaciones de sentencia) de la implementación de medidas administrativas, permisos, concesiones, autorizaciones o algún proyecto susceptible de afectar a los pueblos y comunidades indígenas, de manera oficiosa deberá informar a la Coordinación General de Planeación y Evaluación, así como a la Delegación o el Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena de la Entidad Federativa que corresponda sobre los hechos.

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Igualmente dicha dependencias arriba citadas, una vez recibida la información, estarán obligadas a asesorar a la autoridad responsable o a los pueblos y comunidades indígenas involucradas sobre el procedimiento que establece “El Protocolo de Consulta” para poner en marcha el proceso de consulta, debiendo levantar el soporte documental que corresponda (minutas de trabajo, oficios, etc.).

Una vez que se inicie el proceso de consulta, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas le dará seguimiento como órgano técnico asesor de la consulta, en términos de lo establecido por “El Protocolo de Consulta”.

La presente circular entrará en vigor este miércoles 16 de mayo del presente y, está firmada por el director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Roberto Serrano Altamirano.

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