El IVAI ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Veracruz que entregue versión pública del acta constitutiva de “Grúas SOS”, que deberá ser aprobada por su Comité de Transparencia.
Esto, luego de que la Secretaría, a través del delegado jurídico en la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial del Estado, comunicara que no era posible otorgar lo solicitado, ya que era un asunto que no formaba parte de su competencia pues se trataba de información que atañe directamente a dicha empresa que, aunque les prestaba el servicio auxiliar, no dependía directamente de la dependencia.
No obstante, para resolver el asunto, los comisionados revisaron la Ley Número 561 de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz, el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública y la Ley Número 589 de Tránsito y Transporte del Estado, además de lo publicado en el portal de transparencia de la Secretaría, en la fracción XIX del artículo 15 de la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, donde advirtieron que para obtener el permiso exclusivo para transporte privado de carga, en caso de ser persona moral, se debe presentar la copia de acta constitutiva.
Asimismo, el IVAI identificó que las áreas que se encuentran obligadas a poseer la información son el titular de la Secretaría de Seguridad Pública y la Dirección General de Transporte del Estado a través de la Oficina de Permisos y Autorizaciones y de la Delegación Administrativa, instancias con las que el titular de la Unidad de Transparencia no realizó los trámites internos para que se pronunciaran al respecto.
Por tanto, el órgano garante instó al titular de la Unidad para que en futuras ocasiones se conduzca con diligencia en el desempeño de su empleo, de lo contrario, se hará acreedor a cualquiera de las sanciones previstas en la ley de la materia.
Para elaborar la versión pública, la Secretaría deberá testar ciertos datos que se consideren confidenciales, ya que las escrituras constitutivas de las sociedades contienen al menos datos personales concernientes a nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas; la expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes, el valor atribuido a estos y el criterio seguido para su valorización.
En la sesión pública de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emitió 68 sentencias, de estas 68 fueron recursos de revisión y 9 fueron denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia por parte de diversos sujetos obligados.