El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un nuevo golpe al marco jurídico del estado de Veracruz al declarar la invalidez total de la Ley Número 841 de Comunicación Social, ordenamiento promovido durante la administración del exgobernador Cuitláhuac García Jiménez.
Tras examinar la Acción de Inconstitucionalidad 69/2021, el máximo tribunal concluyó que el Congreso veracruzano incurrió en una clara invasión de facultades, al legislar sobre un ámbito que el Poder Reformador de la Constitución reservó con carácter exclusivo al Congreso de la Unión.
El fallo, elaborado bajo la ponencia del ministro Irving Espinosa Betanzo, se fundamentó en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el régimen transitorio de la reforma político-electoral de 2014. De acuerdo con el criterio de la Corte, los lineamientos que regulan la propaganda gubernamental y los parámetros para el gasto público en medios de difusión pertenecen estrictamente a la competencia federal.
Con este pronunciamiento, quedan automáticamente sin efectos legales tanto el Padrón Estatal de Medios de Comunicación Social como las disposiciones dictadas por la Coordinación General de Comunicación Social y diversas dependencias estatales para la asignación de publicidad oficial.
Asimismo, mediante el principio de invalidez por extensión, la resolución de la SCJN anuló el segundo párrafo del artículo 79 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, alcanzando a la totalidad de reglamentos y normas generales expedidos bajo el amparo de la ley invalidada por los tres poderes locales, los 212 ayuntamientos y los organismos autónomos de la entidad.
La disputa legal comenzó el 15 de marzo de 2021, fecha en que el Ejecutivo estatal promulgó la norma en la Gaceta Oficial del Estado. Días más tarde, el 14 de abril de ese mismo año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpuso la demanda de inconstitucionalidad.
Tras la admisión del recurso el 22 de abril de 2021 y la recepción de los informes donde las autoridades veracruzanas justificaron la norma en mayo del mismo año, la instrucción del caso se cerró en septiembre de 2021. Finalmente, el expediente fue turnado el 4 de septiembre de 2025 al ministro Espinosa Betanzo, cuya propuesta concluyó en la anulación absoluta del ordenamiento, sentencia que será notificada formalmente al Congreso del Estado.







