La Secretaría de Finanzas y Planeación emitió las Reglas de carácter general para la elaboración de estimación de impacto presupuestario de los proyectos de iniciativas de Ley o decretos que se presenten a consideración de la Legislatura, con el objetivo que antes de proponer algo a realizar, primero pregunten si hay recursos para financiar.

Estas reglas son para todas las dependencias inscritas en el Poder Ejecutivo, y habrán de sujetarse a la disponibilidad de recursos, antes de ser presentadas o propuestas ante el Congreso del Estado.

La Sefiplan estableció que las dependencias o entidades deberán estimar el costo total del proyecto respectivo, para lo cual, podrán tomar como referencia el costo que hayan tenido reformas similares o semejantes.

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Asimismo, señalarán si los costos serán financiados con sus propios presupuestos y sin generar presiones de gasto en los subsecuentes ejercicios fiscales.

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En caso de tener impacto en su presupuesto deberán señalar la posible fuente de ingreso distinta al financiamiento de los nuevos gastos. En caso que la disposición propuesta impacte en la disminución de los ingresos deberán requisitar la solicitud de los recursos.

Las dependencias que soliciten a la Subsecretaría de Egresos el Dictamen de Estimación de Impacto Presupuestario deberán anexar el proyecto de análisis de impacto presupuestario, y la información adicional que se considere pertinente para coadyuvar a un mejor análisis.

En el caso que la solicitud presentada no reúna los requisitos correspondientes, la Subsecretaría de Egresos a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, podrá solicitar al área responsable que presente dicha información, así como otros datos que faciliten la emisión de la opinión

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