Fue publicado el decreto que exime a personas de la tercera edad, personas que padecen alguna discapacidad motora, así como a personas de escasos recursos económicos, del pago de derechos por inscripción de testamento.

Esto permitirá que no paguen por los servicios de Inspección y Archivo General de Notarías que presta la Secretaría de Gobierno del Estado, establecidos en el artículo 13 apartado B fracción II del Código de Derechos para el Estado de Veracruz.

Para ser beneficiado, el bien inmueble a heredar deberá tener como valor una cantidad en moneda nacional hasta un máximo equivalente a 6 mil 694.9341 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).

Anuncios

Te puede interesar: Ya no hay municipios riesgo bajo de covid en Veracruz

Además, deberá brindarse el apoyo establecido en este Decreto a las personas que sean remitidas por alguna institución de asistencia social, pudiendo ser el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Veracruz (DIF) o de salud, siempre y cuando el bien a heredar tenga como valor el establecido en el artículo anterior.

La Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, deberá realizar el registro del aviso de testamento correspondiente, en términos del artículo 141 de la Ley del Notariado del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Asimismo, el Fedatario Público deberá de rendir un informe, al término de la vigencia de este Decreto respecto del total de testamentos que se otorgaron ante su fe, derivados del presente Decreto.

Publicidad