Xalapa, Ver. – El vocero de la Arquidiócesis de Xalapa, José Manuel Suazo Reyes, explicó que con el fallecimiento del arzobispo, Hipólito Reyes Larios, la Arquidiócesis de Xalapa entró en el periodo que canónicamente se le llama Sede Vacante, por lo que se está a la espera de que se dé a conocer el nombramiento de un Administrador.

“Queda vacante la sede episcopal por fallecimiento del obispo, renuncia aceptada… traslado y privación intimada”, Código de Derecho Canónico, c. 416, explicó.

El Administrador puede ser diocesano o apostólico, es diocesano cuando se elige de entre los miembros del Consejo de Consultores y es apostólico cuando lo designa la Santa Sede.

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Expuso que, sobre las funciones y deberes del Administrador diocesano, el Código de Derecho Canónico habla con mucha claridad en los cánones 419 al 430, destacando algunas cosas:

El Administrador diocesano es quien rige temporalmente la diócesis; debe ser elegido por el colegio de consultores en un plazo de 8 días.

Se ha de designar un solo Administrador diocesano. Para el cargo de Administrador diocesano solo puede ser designado válidamente un sacerdote que tenga cumplidos 35 años y que no haya sido elegido, nombrado o presentado para la misma sede vacante. Debe destacar por su doctrina y prudencia.

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El Administrador diocesano tiene los deberes y goza de la potestad del Obispo diocesano, con exclusión de todo aquello que por su misma naturaleza o por el derecho mismo esté exceptuado, adquiere su potestad por el hecho de haber aceptado su elección, y no se requiere confirmación de nadie, quedando firme la obligación.

Vacante la sede, nada debe innovarse. Se prohíbe a quienes se hacen cargo interinamente del régimen de la diócesis realizar cualquier acto que pueda causar perjuicio a la diócesis o a los derechos episcopales; concretamente, se prohíbe tanto a ellos como a otros cualesquiera, personalmente o por medio de otros, destruir o alterar algún documento de la curia diocesana.

El Administrador diocesano está obligado a residir en la diócesis y aplicar la Misa por el pueblo, cesa en su cargo cuando el nuevo Obispo toma posesión de la diócesis.

El oficio de Administrador diocesano es un servicio transitorio y restringido por el mismo Derecho Canónico con el fin de impedir que se tomen decisiones que pongan en peligro los derechos de la diócesis.

“Mientras esto sucede, nuestra arquidiócesis se mantiene en oración constante. En todas las parroquias estamos orando con nuestras comunidades por el eterno descanso de Mons. Hipólito Reyes Larios y para que el Espíritu Santo, en la persona del Santo Padre, elija un nuevo pastor que responda a las necesidades de nuestra Iglesia diocesana”.

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