La diputada local morenista Marcela Fuente presentó la iniciativa ante el pleno del Congreso de la Ciudad de México denominada “Ley Malena“, con la que se busca agregar el concepto de violencia ácida a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La reforma contempla también que quien ataque con ácido o sustancias corrosivas a las mujeres sea castigado con de ocho a 12 años de prisión y, según las agravantes, la pena podría llegar hasta los 30 años.

Durante la sesión del Congreso local, estuvo presente la saxofonista María Elena Ríos Ortiz, sobreviviente de un ataque con ácido, quien al subir a tribuna exigió la renuncia del presidente del Tribunal Superior del Estado de Oaxaca, Eduardo Pinacho Sánchez, y acusó al juez Teódulo Pacheco de proteger a su agresor, Juan Vera Carrizal.

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La saxofonista comentó que hay más de 30 mujeres víctimas de ataques con ácido en el país, por lo que consideró necesario aprobar la iniciativa presentada en la Ciudad de México.

“De nada sirve que estemos estudiando, dándole estos agregados a estas iniciativas, si el Poder Judicial está podrido, sí las fiscalías están podridas. Exigimos a nombre de todas las compañeras que se investiguen como se deben hacer las investigaciones”, dijo.

En su turno, la legisladora del partido de Morena aseguró que los agresores que atacan a las mujeres con ácido buscan lesionar de forma permanente la imagen de la víctima o asesinarlas de forma dolorosa, por lo que se requiere tipificar como feminicidio.

“Buscan borrar la identidad de las mujeres y marcarnos de por vida (…) se busca generar su muerte de forma dolorosa, por eso buscamos que sea tentativa como feminicidio“, dijo.

La diputada expuso que el ataque con ácido se debe tipificar como aquel “que pretenda causar daño físico irreversible que lastime, altere o cause una discapacidad mediante la acción de lanzar ácido, sustancias químicas corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pudiera provocar lesiones en órganos internos, externos o ambos”.

Además, explicó que estos agravios provocan deformaciones en distintas partes del cuerpo de forma permanente e incluso en algunos casos las víctimas llegan a perder alguna de sus extremidades o sus funciones.

Por ello, entre las agravantes están consideradas las lesiones en el rostro, la pérdida parcial o total del oído, vista, habla, además de incapacidad permanente para trabajar o se lesionen las funciones de reproducción sexual.

Se condenará tentativa de feminicidio cuando, además, se provoque la “resección total o parcial de las mamas, alteración del aparato genital, autonomía en la sexualidad”, explicó la legisladora.

Asimismo, se obligará a las instituciones de Salud que notifique al Ministerio Público cuando atienda a víctimas que presenten lesiones con ácido o sustancias corrosivas.

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