El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección de diputados federales de representación proporcional, que otorga una supermayoría de 364 curules a Morena y aliados para aprobar reformas constitucionales.  

La resolución de ayer en la noche es definitiva, por lo que a partir de mañana podrá conformarse ese recinto legislativo. 

El Tribunal declaró infundados e inoperantes 8 mil 867 juicios que promovieron PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y el panista Jorge Ernesto Inzunza contra la asignación de curules y escaños de representación proporcional, pues la mayoría de los magistrados consideró que las reglas de juego y fórmulas de asignación fueron establecidas desde el inicio del proceso electoral, y no pueden ser modificadas en este momento. 

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Mónica Soto, presidenta del TEPJF, afirmó que, como desde hace 28 años, las magistraturas actuaron con absoluta responsabilidad pública, profesionalismo y con apego a los principios que todo juez debe cumplir. 

“Sin temor a las críticas, exhibiciones, presiones externas, incluso amenazas directas e indirectas, personales, institucionales y familiares, por juzgar con libertad y con apego a derecho”, aseveró. 

Afuera del Tribunal, un grupo de integrantes del Poder Judicial de la Federación se manifestó para pedir a los magistrados evitar la sobrerrepresentación en la Cámara Baja, pues ello permitirá a Morena aprobar la reforma judicial. 

Al comienzo de la sesión, la magistrada Janine Otálora Malassis se pronunció por corregir lo que consideró una evidente distorsión en la representación política en la Cámara de Diputados a partir del 1 de septiembre, pues alertó que existió un transvase de triunfos de mayoría relativa a Morena a sus aliados del PVEM y del PT, a fin de lograr más asignación de diputaciones representación proporcional. Por ello, dijo que lo lógico era asignarle los triunfos a quien realmente ganó, para evitar una distorsión y la sobrerrepresentación.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón reconoció que actualmente, el artículo 54 de la Constitución, que establece los límites a la sobrerrepresentación, permite que los partidos hagan estrategias para distorsionar el sentido de la representación política. Sin embargo, dijo que las reglas para la asignación de plurinominales están determinadas constitucionalmente y no pueden ser modificadas, por lo que se pronunció en favor de confirmar el límite de sobrerrepresentación de 8% a los partidos, y no coaliciones. 

En el mismo sentido, el magistrado Alfredo Fuentes estableció que la asignación de diputaciones tiene límites constitucionales claros, y que ningún partido puede contar con más de 300 diputaciones por ambos principios. Por ello, mencionó que los límites deben ser impuestos a los partidos y no a las coaliciones. 

Sostuvo que el cálculo que hizo el INE fue objetivamente correcta, y con eso se garantiza que el sistema electoral funcione correctamente y evite interpretaciones sesgadas.

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