El Instituto Nacional Electoral (INE) apercibió al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para que ajuste su conducta ordenada por la Comisión de Quejas y Denuncias el pasado 19 de abril.

Esto por las quejas presentadas por el PRD y Movimiento Ciudadano con motivo de las declaraciones hechas por el presidente López Obrador en la conferencia de prensa del pasado 16 de abril.

En la resolución, el INE consideró que las conductas denunciadas eran posiblemente violatorias de los artículos 41 y 134 de la Constitución, así como de los criterios y directrices establecidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que se determinó que era procedente la medida cautelar bajo la figura de tutela preventiva.

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Por ese motivo se ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador:

“Que, durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral a celebrarse el seis de junio del dos mil veintiuno, se abstenga de difundir logros de gobierno -incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias-, obra pública, e incluso emitir cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas que le son formuladas en las conferencias de prensa.

El acuerdo fue notificado a la Consejería Jurídica de la Presidencia el mismo 19 de abril por la noche.

Sin embargo, el presidente López Obrador volvió a realizar pronunciamientos relacionados con propaganda gubernamental y de índole electoral. Esto provocó que se presentara otra queja por el incumplimiento a la medida dictada un día antes por la Comisión de Quejas.

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