En la Cámara de Diputados, avanzó en las comisiones unidas de Justicia y Derechos de la Niñez, por unanimidad de 43 votos, la llamada “Ley Antichancla”, es decir, la prohibición de los castigos físicos y tratos humillantes a menores de edad, a modo de correctivos y métodos de disciplina.

El proyecto define el castigo corporal y humillante

Señala que los infantes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de madre, padre, tutores, quienes tengan paria potestad y custodia, maestros, personal de instituciones deportivas, religiosas, de salud, asistencia social y otra índole, sin que en modo alguno se autorice a estos el uso de castigos corporales ni humillantes.

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Define que castigo corporal o físico, es todo acto en que se utilice contra los menores la fuerza física, incluyendo golpes con la mano, objetos, dar empujones, pellizcos, mordidas, jalones de cabello u orejas, obligar a menor a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos, o cualquier acto que busque causar dolor o malestar, aunque sea leve.

El castillo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, o cualquier otro que busque provocar dolor, amenazar, causar molestia o humillación.

Señala que quedará prohibido a quienes tienen trato con menores, ejercer cualquier tipo de violencia en su contra, en especial castigos corporales y humillantes.

Prohíbe el uso de castigo corporal o cualquier trato y castigo humillante, para corregir o disciplinar a niñas, niños y adolescentes.

Señala que violencia familiar será el uso intencional de de la fuerza física, moral o cualquier acto que busque generar dolor, molestia o humillación, incluyendo castigo corporal y humillante contra menores.

También serán las omisiones graves que ejerza un miembro de la familia contra otro, y que atente contra su integridad física, psíquica y emocional, independientemente de que e cause lesiones, ello, cuando el agredido y agresor habiten el mismo domicilio, o bien, tengan relación de parentesco, matrimonio o concubinato.

Al plantear posicionamientos, legisladoras de todas las fracciones parlamentarias señalaron que con las reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, México se convierte en el país número 57 en establecer la prohibición de los castigos corporales y los tratos humillantes como correctivos.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega, subrayó que “normalizar” la violencia como forma de disciplinar a menores de edad, es una visión equivocada.

Los tratos humillantes a niños, niñas y adolescentes, es el “germen” de una sociedad violenta. No hay insulto pequeño ni golpe suave, subrayó. Cuando la violencia se normaliza desde edad temprana, permea permanentemente la vida de las personas, alertó.

“Que prohíbe el castigo corporal y humillante por parte de quienes tengan trato con ellas y con ellos, establece en el Código Civil la prohibición y luego nos habla de que puede haber la perdida de la patria potestad por aquellos que hagan uso de la violencia. Es importante señalar que el castigo corporal aplicado por padres o madres y otros  miembros de la familia para corregir y disciplinar a niños, niñas y adolescentes, es una práctica extendida por el mundo, y que tiene como consecuencia el daño físico y psicológico para niña o niño que lo sufre”, apuntó la coordinadora del PRD, Verónica Juárez.

“Hacerle ver a la sociedad que con reformas de este tipo, buscamos prevenir y reparar los daños físicos y psicológicos que causamos a nuestros niños y adolescentes cuando les damos un chanclazo, pensando que no tiene importancia. Más importante aún, es que vamos a protegerlos de los daños emocionales y el riesgo de que se conviertan en personas rencorosas y resentidas, que más adelante se vuelvan en padres o maestros violentos o agresivos, ya no más de eso”, añadió la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Claudia Martínez.

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