El Senado de la República aprobó la denominada Ley Olimpia que contempla hasta 6 años de cárcel para quien difunda sin consentimiento imágenes, videos o audios de contenido sexual y combatir el acoso digital.

A partir de ahora, la legislación aprobada obliga a la autoridad competente a bajar o bloquear de los espacios publicados los contenidos difundidos sin consentimiento de las personas denunciantes como medida de precaución e inhibición de la conducta conocida como violencia digital.

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La Ley también castiga la violencia mediática, es decir todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas o que permita o produzca un discurso de odio sexista.

Las sanciones, que van de 3 a 6 años de cárcel y multas económicas, pueden aumentar cuando el delito sea cometido por el cónyuge o pareja, por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza, o por un servidor público en ejercicio de sus funciones.

En 2014, Olimpia Coral Melo, descubrió con asombro que en redes sociales circulaba sin su consentimiento un video sexual en el que aparecía desnuda y que se viralizó rápidamente, ella tenía en ese entonces 18 años. El video fue hecho por su novio.

Olimpia sufrió acoso y tuvo varios intentos de suicidio debido a que incluso un periódico de  Huauchinango, Puebla, de donde ella es originaria, lucró con su imagen y la llamaron “la gordibuena de Huauchinango”.

A raíz de esos acontecimientos ella luchó para que se castigara este delito hasta que el Senado aprobó esa legislación esta semana.

Esa Ley marca un hecho importante para la lucha contra la violencia de género… así que si quieres compartir un “pack”, piénsalo bien.

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