Por unanimidad de 24 votos, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el proyecto de reformas para eliminar el fuero de los altos servidores públicos, incluido el Presidente de la República.

El dictamen considera las iniciativas de las fracciones parlamentarias de Morena, PRD, PES y Movimiento Ciudadano para cancelar la inmunidad del mandatario en turno.

Hace adiciones y reformas a los artículos 38, 61, 74, 108, 111 y 112 de la Constitución, entre lo que se destaca que el Presidente de la República, diputados y senadores al Congreso, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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Así como el Fiscal General de la República y los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), gozan de inmunidad y, por tanto, no pueden ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejercen su cargo, salvo que exista una sentencia condenatoria en su contra.

Señala que todos los servidores públicos antes mencionados son sujetos de proceso penal. En el caso de diputados y senadores “son inviolables” por las opiniones que manifiesten y difundan, propuestas legislativas o votos que emitan, durante el tiempo en el que desempeñen sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas.

En tanto, establece que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado, imputado, procesado y sentenciado por traición a la patria y cualquier otro delito, en tanto para el retiro de la inmunidad y el cese de sus funciones se requiere la aprobación, primero, de la mayoría absoluta de los presentes de la Cámara de Diputados y, después, de dos tercios de los presentes en el Senado, salvo aquellos casos en que la sentencia condenatoria sea dictada por incurrir en delitos electorales y por hechos de corrupción.

En el caso de diputados y magistrados de los tribunales superiores de justicia de las entidades federativas, gozan de inmunidad y podrán llevar su proceso en libertad, en tanto, un juez no dicte sentencia condenatoria, en caso contrario este mismo comunicará al órgano respectivo el retiro de la inmunidad y la separación del cargo.

Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, también gozan de inmunidad, pero son sujetos de proceso penal por la comisión de delitos federales, cuando se dicte sentencia condenatoria, para el retiro de la inmunidad y el cese de funciones se requiere la aprobación, a mayoría absoluta de presentes, del Senado, mientras no sean delitos electorales o de corrupción.

Luego de la votación en lo general, los legisladores integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales iniciaron con el análisis artículo por artículo para poder definir las reservas que se discutirán y votarán en lo particular.

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