El coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Mario Delgado, presentó una iniciativa para que se permita que los trabajadores que pierdan sus empleos a causa de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19 puedan acceder a sus ahorros del fondo de retiro.

La propuesta buscaría adicionar una fracción III al artículo 191 de la Ley del Seguro Social y un artículo 40 BIS a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

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Primero, propone establecer claramente que los beneficiarios serán los trabajadores que pierdan su empleo formal a partir de la declaratoria de emergencia respectiva, en este caso, a partir del 31 de marzo.

“En cuanto al monto de recursos al que pueden acceder, se plantea una cantidad equivalente a la canasta básica alimentaria y no alimentaria expresada en veces el salario mínimo, que para el caso son 27 días de salario mínimo general nacional. Es decir, que el mecanismo busca asegurar al trabajador el monto de recursos suficientes para adquirir los satisfactores esenciales durante el tiempo de la emergencia”, indica el documento.

Sobre esto, se proponen dos modalidades: cuatro mensualidades o el retiro en una sola exhibición del equivalente a las cuatro mensualidades.

El retiro mensual por trabajador sería de 3 mil 326.94 pesos durante cuatro meses, mientras que el retiro individual sería de 13 mil 307.76 pesos, de acuerdo con el cálculo presentado en la iniciativa.

Un retiro de desempleo genera el descuento proporcional de semanas cotizadas, recuerda la iniciativa. No obstante, en el contexto de emergencia, se propone que cualquiera que sea la modalidad elegida por el trabajador para hacer el retiro, no se descuente el número de semanas cotizadas correspondiente.

Sobre la fuente de estos recursos, se establece que se aporten dos tercios de los recursos de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez que administran las Afores, mientras que el tercio restante provendría de la subcuenta de vivienda.

El documento también establece que:

-Los trabajadores que accedan a este mecanismo deberán esperar a agotar los beneficios a que accedan por el mismo en caso de que quieran utilizar el mecanismo ordinario de retiro parcial por desempleo.

-Los beneficios serán vigentes únicamente durante la vigencia de la emergencia sanitaria o económica.

-Finalmente, como una disposición transitoria, se debe mandatar al Poder Ejecutivo Federal a analizar un programa solidario entre el Gobierno y los trabajadores para reintegrar los recursos dispuestos por este mecanismo.

Con la adición al artículo 191 de la Ley del Seguro Social, el texto quedaría del siguiente modo:

“III: En caso de emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, a partir de la declaratoria respectiva, los trabajadores que dejen de estar sujetos a una relación laboral podrán retirar parcialmente recursos de su cuenta individual”, y se establecen los términos mencionados.

En tanto, el artículo 40 BIS que se adicionaría a la Ley del Infonavit, se establecería que los recursos retirados con base en la reforma a la Ley del Seguro Social.

Además, se menciona que los trabajadores cuyos recursos en la subcuenta de Vivienda no sean suficientes para cubrir lo establecido, podrán realizar el retiro total de sus recursos.

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