Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la multa de 757 mil 640 pesos al PRD por el incumplimiento de obligaciones de transparencia requeridas por el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de 2015, 2016 y 2018.

En 2018, el INAI verificó que el PRD no cumplía con sus obligaciones de transparencia y luego de diversos exhortos que el partido no cumplió, el Instituto notificó al INE quien confirmó la responsabilidad e impuso una multa por 757 mil 640 pesos.

En un comunicado, el PRD interpuso un recurso de apelación al considerar que la multa no tenía sustento jurídico porque el INE no tenía competencia para ello, además de que no se habían respetado los plazos previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, porque la resolución se había dictado por el Consejo General del Instituto casi dos meses después de que se aprobara previamente por la Comisión de Quejas y Denuncias.

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Sin embargo, los magistrados resolvieron que el INE “sí puede emitir este tipo de sanciones, porque la propia ley establece que los partidos pueden ser sancionados ante el incumplimiento de las obligaciones o incumplimiento en sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información”.

En cuanto a los plazos de la resolución, se desestimaron los argumentos del PRD, porque desde marzo de 2020 la autoridad electoral ha visto modificado el funcionamiento ordinario de sus órganos, debido a la pandemia por Covid 19.

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