El protocolo para el regreso a las actividades religiosas en el país, fue presentado por la Secretaría de Gobernación (Segob) y este ha sido establecido de acuerdo al semáforo de riesgo epidemiológico.

En el documento se precisa que de acuerdo con el plan de regreso a la Nueva Normalidad, derivado del documento presentado en el mes de mayo por la Secretaría de Salud, la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, se presentan estas recomendaciones a Iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas para su reapertura gradual, ordenada y cauta.

Te puede interesar: México y Estados Unidos extienden 30 días más restricciones de tránsito no esencial en la frontera

Anuncios

Las actividades de dichos grupos y que son llevadas a cabo en espacios públicos cerrados podrán reiniciarse de manera reducida de acuerdo con la clasificación del semáforo, es decir:

Para centros religiosos, iglesias, templos, mezquitas y otras, cuando el riesgo sea máximo en el nivel de contagios estarán suspendidas; para el alto el aforo permitido será del 25% de su capacidad y para el nivel medio del 50% y para el nivel bajo, se permitirá la actividad regular bajo las normas de nueva normalidad con las medidas básicas de prevención.

También tiene consideraciones para la población vulnerable, es decir, personas mayores de 60 años, que viven con diabetes, hipertensión arterial, cáncer o enfermedades que comprometan su sistema inmune, mujeres embarazadas, además de niñas y niños se recomienda el nivel máximo de contagio quedarse en casa; en nivel alto, quedarse en casa también; en nivel medio limitar la movilidad y para el bajo, actividad regular.

Finalmente, la Segob recuerda que la aplicación del protocolo se encuentra supeditada a que la Secretaría de Salud, determine que es posible realizar de nueva cuenta reuniones para el culto religioso y estás serán reanudadas en fechas distintas, lo que dependerá de la evolución de la pandemia por Covid-19.

Publicidad