Con el voto en contra de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, los integrantes de la Primera Sala aprobaron el proyecto del ministro Mario Pardo Rebolledo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el programa “Mochila Segura”, debido a que vulnera el derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica, al carecer de un sustento legal que defina sus alcances y cuáles son las autoridades responsables de aplicarlo.

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Con el voto en contra de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, los integrantes de la Primera Sala aprobaron el proyecto del ministro Mario Pardo Rebolledo quien propuso conceder el amparo a tres menores contra dicho programa.

El ministro argumentó que la ausencia de sustento legal y regulación específica desarrollada en un marco de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, implica la omisión de las autoridades señaladas como responsables, de asegurar, entre otros, los derechos a la privacidad e intimidad de los educandos, ya que la intervención y modulación de dichos derechos y sus garantías, sólo podrá ocurrir a partir de una ley, cuya ausencia en el caso, vulnera el derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica.

El amparo concedido a los menores es para el efecto de que de que el secretario de Educación Pública, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México y el secretario de Seguridad “e abstengan de aplicar, en perjuicio de los menores quejosos, el programa “Mochila Segura” o cualquier operativo derivado o asociado al mismo, sea en el plantel educativo en que actualmente cursan sus estudios, o en cualquier otro futuro en el que continúen su formación escolar, que esté bajo la jurisdicción de las autoridades responsables señaladas”.

La resolución de la SCJN sólo beneficia a los tres menores; no obstante, sienta un precedente para futuras impugnaciones a este programa.

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