En el primer año de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, uno de los proyectos normativos que impulsó esta administración desde sus inicios, no se emitió ninguna sentencia al respecto relacionada con esta figura, la cual tiene la finalidad de debilitar al crimen organizado con el arrebato de bienes a señalados por incurrir en alguno de los 11 delitos previstos en la normativa, como pueden ser corrupción, delincuencia organizada, robo de hidrocarburos, entre otros.

De acuerdo con el primer informe anual en la materia entregado al Senado y elaborado por el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, del 10 de agosto del 2019 al 31 de julio de este año, se presentaron 45 juicios sobre extinción de dominio, de los cuales 43 se encontraban en trámite y en dos hubo un desistimiento.

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Según el reporte presentado por Gertz Manero en su carácter de presidente de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, el valor estimado de los bienes sujetos a juicio de extinción de dominio era de más de 76 millones de pesos y de 9 millones de dólares.

“Siguen siendo cantidades insignificantes en comparación con los flujos ilícitos que se generan en el país y que podrían ser susceptibles de extinción de dominio. No estamos ni siquiera llegando a un punto porcentual de lo que la economía del crimen genera tanto por defraudación fiscal como por corrupción, crimen organizado y demás delitos de cuello blanco”, detalló Jorge Lara Rivera, presidente del Colegio de Abogados Humanistas.

El informe detalla que, de los 45 juicios en esta materia, 16 fueron impulsados por la Fiscalía de la CDMX, 14 por la del Edomex, 10 por la de Guanajuato, dos por la de Jalisco y tres por la FGR.

Lara Rivera detalló que si bien, con la promulgación de esta ley en agosto del 2019, se fortaleció el procedimiento de extinción de dominio, hasta la fecha las Fiscalías, tanto locales como la FGR, no han sabido cómo utilizar de manera estratégica esta figura en casos de relevancia nacional como la “Estafa Maestra”.

“Es importante que las Fiscalías y los poderes judiciales ya pongan en práctica esta ley y sobre todo que maduren sus ventajas”, comentó Lara Rivera.

Decisión de la Corte

Luego de la promulgación de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publicada el 9 de agosto del 2019 en el Diario Oficial de la Federación, diversos organismos alzaron la voz en contra de dicha normativa, entre ellos la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de diversos artículos de la ley ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que no se ha pronunciado al respecto.

Para Lara Rivera, el que la SCJN no se haya pronunciado, todavía, puede incidir en la falta de utilización del procedimiento de extinción de dominio por parte de las Fiscalías locales y de la FGR.

“Cuando la SJCN se pronuncie al respecto, seguramente las Fiscalías, empezando por la FGR, podrán utilizar de una manera más seria y estratégica esta figura”, comentó el especialista.

Lara Rivera explicó que la reforma al artículo 22 de la Constitución que se hizo para dar paso a la creación de la Ley Nacional de Extinción de Dominio tiene defectos, por lo que se puede fortalecer y con ello mejorar los resultados contra el patrimonio del crimen.

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