El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a Dipsa Movil (Telcel) y a AT&T entregar nombres y domicilios de los titulares de las líneas telefónicas que generaron las llamadas en contra de Andrés Manuel López Obrador durante la campaña.

En sesión pública, la Sala Superior determinó que las empresas deberán entregar la información al Instituto Nacional Electoral (INE) en un plazo menor a las 72 horas para que la autoridad pueda continuar con la investigación que realiza sobre el tema.

Dichas compañía se negaron a entregar la información a la unidad Técnica de lo contencioso por considerar que podrían incurrir en una violación a la confidencialidad de los datos personales de sus clientes a lo que están obligados.

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Ante esta situación, los magistrados determinaron por unanimidad que “de manera excepcional y por única vez”, no se les debía sancionar a dichas empresas, al considerar que su negativa a entregar la información solicitada no fue una renuencia, sino un temor a violar la ley.

No obstante el magistrado Indalfer Infante consideró que la pretensión de entregar nombre y domicilio a una autoridad, significa restricción al derecho humano de las comunicaciones, ya que en ningún momento se requirió información sobre el tráfico.

Por su parte, la magistrada presidenta consideró al no tener claridad las empresas sobre la licitud de la petición, al negar la información solicitada, tenía un carácter de aparente licitud que los exime, en esta ocasión de las multas que les impuso el INE.

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