El TEV en el procedimiento especial sancionador TEV-PES-5/2018 impuso al candidato y los partidos políticos PAN y PRD una sanción, por trasgredir el principio de equidad en la contienda electoral, porque se posicionó en forma anticipada en el electorado en la elección extraordinaria de Emiliano Zapata.

El procedimiento fue promovido por el Partido Encuentro Social, a través de Violeta Cárdenas Vázquez en su calidad de Representante Propietaria ante el Consejo General del OPLEV, en contra de Daniel Antonio Baizabal González, por la posible comisión de actos anticipados de campaña.

Por parte de la omisión de retirar propaganda electoral tres días antes de la elección ordinaria de ediles, quedo firme en la sentencia de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal.

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Por lo anterior el TEV, determinó que se tiene acreditada la existencia de los actos anticipados de campaña, al actualizarse los tres elementos necesarios para ello que son el personal, temporal y subjetivo.

Además, se actualizan los elementos para considerar que la propaganda que estuvo fijada en las cinco bardas objeto de denuncia, constituyen actos anticipados de campaña y se dirige a los electores del Municipio de Emiliano Zapata, presenta al denunciado como candidato a Presidente Municipal, realiza vinculación expresa entre el candidato Antonio Baizabal González y los institutos políticos PAN y PRD y sus emblemas, hace llamado expreso al voto porque a través de la misma, solicita apoyo para el otrora candidato aquí denunciado.

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