Si eres dueño de un automóvil en Veracruz esto te interesa. El proceso de Verificación vehicular ha sido modificado y entre los cambios figura la forma de pago por este servicio.

El costo de la verificación vehicular este año es de 376.1 pesos y deberán ser pagados a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).

Para el trámite se debe presentar la tarjeta de circulación, la constancia y pago de alta, así como el holograma anterior (en caso de que se haya cumplido con el requisito), además la constancia de verificación de no aprobación en caso de existir, la solicitud y pago de baja vehicular si existió cambio de placa.

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Deberán pagarlo los dueños de vehículos automotores en circulación de uso privado y de servicio público empadronados, registrados, emplacados o autorizados para circular por las autoridades de Veracruz, con excepción de las motocicletas y de los vehículos de colección.

El calendario es el siguiente: Para las placas con terminaciones 5-6 la verificación debe realizarse en enero y febrero y luego en julio y agosto; con terminaciones 7-8 en febrero-marzo y agosto-septiembre; terminaciones 3-4, será en marzo-abril y luego en septiembre-octubre; para las placas 1-2 la verificación se hará en abril y mayo y luego en octubre-noviembre y para las terminaciones 9 y 0 esta será en mayo y junio y posteriormente en noviembre y diciembre.

Los vehículos que no cuenten aún con las placas metálicas o que únicamente se cuente con el trámite de sustitución, deberán realizar la verificación vehicular de acuerdo al último dígito del número de placa; se considerarán como verificaciones especiales las que se hagan a vehículos con nuevo registro.

Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la entidad deberán ser verificados por única ocasión dentro de los 60 días naturales contados a partir de la fecha de emisión de la nueva tarjeta de circulación; los de otras entidades federativas o del extranjero podrán verificarse en forma voluntaria para la obtención de una constancia de verificación “D” o “E”, y podrá realizarse en cualquier período en los Centros de Verificación o Verificentros autorizados.

Los vehículos que no hayan sido verificados debido al robo del vehículo o siniestro, se les autorizará una ampliación del período para verificar las emisiones de su automóvil, por lo que no se harán acreedores a sanción alguna, siempre y cuando tramiten y les sea autorizada la ampliación de período por la Secretaría.

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