Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenaron al Organismo Público Local Electoral (OPLE) vigilar que los partidos políticos implementen cuotas en las candidaturas destinadas para la comunidad LGBTTTIQ+.

Además, los magistrados determinaron que las acciones afirmativas también contemplen cuotas en las candidaturas para que sean designadas personas que tengan alguna discapacidad.

“Se revoca el acuerdo OPLEV/CG068/2021, del Consejo General del OPLE Veracruz, y se ordena a la autoridad administrativa emita las acciones afirmativas pertinentes conforme a lo establecido en la presente sentencia”, señala el documento.

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Lo anterior, luego de que militantes del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) e integrantes de la comunidad LGBTTTIQ promovieron a un juicio ciudadano.

Se trata de José Luis Prieto García, Gonzalo Durán Chincoya, Cruz Gerardo Herrera Cortez y Jaziel Bustamante Hernández, que impugnaron el acuerdo OPLEV/CG068/2021, emitido por el Consejo General del OPLE, que determinó como inviable la implementación de medidas en favor de estos grupos durante el actual proceso electoral.

Sin embargo, los magistrados determinaron que las autoridades deben proteger y garantizar los derechos humanos, en el ámbito de sus competencias, dentro de los que se encuentran la igualdad jurídica de todos los grupos vulnerables, y su derecho a ser votados.

Por ello, determinaron que la implementación de acciones afirmativas no controvierte lo establecido en el artículo 105, fracción II, de la Constitución Federal ni los principios de certeza y legalidad en el proceso electoral.

De esta forma el OPLE deberá establecer cuotas específicas en favor de los grupos vulnerables para que los partidos políticos los registren como candidatos a Diputados Locales e integrantes de Ayuntamientos.

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