Se crea, con carácter transitorio, la Comisión Presidencial que deberá definir e implementar “alternativas jurídicas y administrativas”, proponer “la creación de un ente público que permitan apoyar con recursos del erario a escuelas indígenas que tienen por objeto desarrollar una educación y formación musical con principios comunitarios, entre ellos el Centro de Capacitación Musical y Desarrollo de la Cultura Mixe” y plantear “medidas para atender sus planteamientos y necesidades”.

La Secretaría de Cultura federal publicó ayer este decreto en el Diario Oficial de la Federación, cuya vigencia comienza hoy y terminará el 30 de septiembre de 2024; integrado por 13 artículos normales y tres transitorios, indica que la comisión deberá instalarse, a más tardar, en los siguientes 15 días hábiles.

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Este organismo estará presidido por el titular de la Secretaría de Cultura y participarán, además, los secretarios de Hacienda y Crédito Público, de Bienestar, de la Función Pública y de Educación Pública, así como el director del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

En el artículo cuarto, el documento describe las tareas de la comisión. En primer lugar, “analizar las condiciones en las que operan las escuelas o centros de desarrollo indígenas que desarrollan una educación y formación musical con principios comunitarios”.

Después, “proponer la viabilidad de constituir como entidades de la Administración Pública Federal a las escuelas o centros de desarrollo indígenas que ofrecen una formación musical y determinar la naturaleza jurídica que tendrían”.

Y, en su caso, “diseñar e implementar metodologías que permitan el apoyo continuo y efectivo para la operación de las escuelas o centros de desarrollo indígenas”; así como formular un programa de trabajo para cumplir con los objetivos señalados.

El decreto destaca que la comisión, que dependerá directamente del Presidente de la República, sesionará de forma ordinaria y extraordinaria “cuantas veces sea necesario”, previa convocatoria de su presidente o su secretario técnico.

Asimismo, aclara que las secretarías de Estado que la integran “deberán destinar recursos materiales, humanos y/o financieros, para el cumplimiento del objeto del presente decreto”. Y que sus miembros “ejercerán sus cargos a título honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento, ni compensación por su participación”.

Finalmente, esta comisión “ejercerá sus funciones bajo los principios de transparencia, objetividad, eficiencia, eficacia, economía y honradez, a fin de optimizar su operación; y dará cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables, contribuyendo así con la rendición de cuentas”.

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