Cualquier falta administrativa cometida por los funcionarios de despacho, no será atendida como cualquier otra, sino que la resolución final sobre su sanción, recaerá de manera exclusiva en el contralor general del Estado, Ramón Figuerola Piñera.

Así lo estableció el gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, quien delegó al titular de la Contraloría General del Estado la facultad de emitir las resoluciones de los procedimientos disciplinarios administrativos, respecto de los cargos: secretarios de despacho y el Subsecretario de Gobierno, en términos del artículo 52 de la abrogada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el estado.

Por ello, cuanto hace al tiempo que estén o estuvieron en funciones dichos servidores públicos y por las responsabilidades administrativas señaladas por la abrogada ley.
De esta forma se autoriza al titular de la Contraloría General del Estado a resolver los procedimientos disciplinarios administrativos que se tramiten o diligencien que hayan desempeñado los cargos de secretarios de despacho y subsecretario de Gobierno.

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Ahora, en la administración pública, habrá diferencia entre los funcionarios de primer nivel, cuyas posibles faltas serán revisadas por su compañero de gabinete, mientras que el del resto de la burocracia por los funcionarios menores de la Contraloría General del Estado.

El mandatario estatal justificó esta acción, con el objetivo de dar mayor certeza jurídica y celeridad a los procedimientos administrativos que se tramiten o diligencien con la Ley número 36 de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Esta autorización queda sujeta, a las conductas o faltas que pudieran constituir responsabilidad administrativa y se hayan suscitado previo a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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